
El gobierno de José Jerí oficializó este jueves 4 de diciembre la Ley de Presupuesto del Sector Público para el 2026, la cual asciende a un monto de más de S/257.000 millones. Esta norma incorpora también incrementos salariales y el otorgamiento de un bono excepcional de S/100 para los trabajadores del Estado.
En agosto de este año, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) ya había publicado una resolución en el diario El Peruano para identificar a los beneficiarios, la cual fue respaldada por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y declarada legalmente viable por la Oficina de Asesoría Jurídica.
Ministros asistieron a comisiones para sustentar el debate de Ley de Presupuesto 2026. Foto: composición LR/Congreso
Como se recuerda, los representantes del Poder Ejecutivo y las cinco centrales sindicales firmaron el Convenio Colectivo Centralizado 2025-2026, donde se precisan estas mejoras para cerca de 600.000 empleados estatales. En el caso de la bonificación, su trámite se iniciará en diciembre y el pago se hará efectivo en enero del próximo año.
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De acuerdo con el artículo 31 de la Ley de Presupuesto 2026, el otorgamiento del bono de S/100 se materializará por única vez a partir del primer mes del 2026. No tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, no es de naturaleza pensionable y no forma parte de los beneficios laborales. Sus beneficiarios pertenecen a los siguientes regímenes:
"Los servidores en los niveles remunerativos de funcionarios y directivos del régimen laboral del Decreto Legislativo 276, que no desempeñen cargos directivos ni de confianza ni reúnan las características propias de funcionario público o directivo, excepcionalmente perciben el bono a que se refiere el presente artículo, para ello la entidad debe identificar y sustentar ante el Ministerio de Economía y Finanzas, previa opinión de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) sobre la naturaleza de las funciones del puesto, en función al procedimiento que establezca SERVIR", se lee en la ley aprobada por el Congreso.
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En el numeral 4 del artículo 1 de la Ley de Presupuesto Público 2026, se precisa que el personal beneficiario debe cumplir con las siguientes condiciones:
En el caso de los gobiernos locales (municipalidades), los trabajadores deben estar inscritos en el registro provisional del Aplicativo (AIRHSP) hasta el 30 de junio de 2025 y/o en la Planilla Electrónica (PDT y PLAME) que es administrada por el Ministerio de Trabajo, además de tener un vínculo laboral vigente en la fecha de pago del bono excepcional.
Respecto al financiamiento de esta medida, el MEF estará autorizado a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional y funcional programática, según corresponda, hasta por la suma de S/63.813,600 en favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF.
"Excepcionalmente, en caso corresponda, y de forma complementaria a lo dispuesto en el numeral precedente, los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales pueden financiar el otorgamiento del referido bono, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional", reza el dispositivo legal.
A partir del artículo 25 de la Ley de Presupuesto Público 2026 se observan incrementos para el personal que labora en el Estado. Aunque no se precisan los montos explícitamente, sí está contemplada la autorización al Ministerio de Economía para que viabilice esta medida respaldada por el Convenio Colectivo Centralizado 2025-2026.
"Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, apruebe el incremento denominado "Negociación colectiva centralizada 2025- 2026", precisa la norma.
En este caso, el aumento mensual sí es de naturaleza remunerativa, tiene carácter pensionable y forma parte de la base de cálculo de los beneficios laborales que correspondan. A continuación, revisa los regímenes laborales que accederán a este beneficio:

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