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Economía

Si me despiden por llegar tarde o faltar al trabajo, ¿puedo pedir una indemnización? Esto dice la norma laboral en Perú

Los extrabajadores deben presentar una demanda judicial para solicitar una indemnización o incluso recuperar su puesto. De hecho, la empresa debe cumplir con el pago de otros beneficios sociales.

Los trabajadores en Perú pueden ser despedidos por tardanzas o inasistencias si se justifica la falta.
Los trabajadores en Perú pueden ser despedidos por tardanzas o inasistencias si se justifica la falta. | Foto: composición LR/IA

En Perú, los empleadores tienen la facultad de despedir a sus trabajadores por tardanzas o inasistencias, siempre y cuando se incurra en esta falta de manera constante. Sin embargo, es posible solicitar el pago de una indemnización o incluso la reposición del puesto si el proceso no se realizó de manera correcta.

Para ello, La República consultó al abogado laboralista Javier Mujica para profundizar en las condiciones que justifican el despido por tardanzas o inasistencias, según la Ley de Fomento del Empleo y el Decreto Supremo 003-97-TR. Cabe señalar que el despido solo procede apropiadamente si la empresa certifica la falta injustificada.

¿Qué pasa si me despiden por llegar tarde o faltar al trabajo? ¿Puedo pedir una indemnización?

Las personas que fueron despedidas por llegar tarde o faltar al trabajo sí pueden solicitar una indemnización. El monto de este pago equivale a un sueldo y medio por cada año de servicio, hasta un máximo de doce remuneraciones, según Javier Mujica. Asimismo, es posible ser restituido en el puesto laboral.

Para conseguir alguno de estos dos derechos, el despido debe ser injustificado. "Ese trabajador puede poner una demanda judicial para pedir su reposición en el puesto de trabajo o que le paguen una indemnización por ese despido arbitrario", señaló el abogado laboralista. Por tanto, es necesario presentar pruebas objetivas que demuestren que el trabajador respetó las normas de la empresa que evalúan las tardanzas y las inasistencias.

De lo contrario, el juez le dará la razón al empleador si este presentó pruebas que evidencian que el trabajador cometió estas faltas reiteradamente. Así, la persona solo podrá recibir sus beneficios sociales, como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y otros conceptos que no le hayan pagado. "Por ejemplo, sus gratificaciones, su derecho vacacional o su asignación familiar, si la tuviera. Pero no puede pedir ninguna indemnización porque lo han despedido por una causa justificada", aseguró el especialista.

¿Cuáles son las entidades para solicitar el pago de una indemnización o restitución?

Por un lado, el extrabajador puede acudir al Poder Judicial para denunciar un despido no justificado o arbitrario. El abogado laboralista reiteró que es importante presentar documentos que demuestren, por ejemplo, el motivo de las tardanzas o inasistencias, como un certificado médico en caso de salud o una multa por asuntos de tránsito.

Previamente, la empresa debió comunicar a su trabajador la falta que cometió. "Un empleador está obligado a decirle al trabajador en qué consiste la falta que ha cometido y le da un plazo de seis días para que el trabajador descargue lo que se le acusa", resaltó Mujica. A su vez, el experto explicó que, para recibir una indemnización, la denuncia debe presentarse hasta cuatro años después del despido, mientras que la reposición del puesto tiene un período límite de 30 días.

¿Queda registro por ser despedido a raíz de tardanzas o inasistencias?

Javier Mujica precisó que no existe un registro donde se publiquen los nombres de las personas despedidas por tardanzas o inasistencias en Perú. Sin embargo, puede quedar constancia en el certificado de trabajo que recibe el trabajador al salir de la empresa, aunque solo se evidenciará si el empleador decide incluir esta información.

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