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Economía

SBS reduce la protección del Fondo de Seguro de Depósitos para 2025: ¿cómo afectará a tus ahorros?

La nueva cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos estará vigente hasta mayo y afecta tanto a cuentas de ahorro como a CTS, con diferencias frente al sistema de protección de las cooperativas.

La SBS realiza una actualización trimestral del fondo de seguro de depósitos (FSD). Foto: composición LR/Andina/SBS.
La SBS realiza una actualización trimestral del fondo de seguro de depósitos (FSD). Foto: composición LR/Andina/SBS. | Composición LR/Andina/SBS.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó el monto de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) para el periodo de marzo a mayo de 2025, estableciendo un nuevo límite de S/ 121.000. Esta reducción respecto al trimestre anterior responde a la variación negativa del Índice de Precios al por Mayor (IPM), en conformidad con el mecanismo de ajuste trimestral dispuesto por la normativa vigente.

El FSD tiene como finalidad proteger los depósitos realizados por personas naturales y ciertas organizaciones sin fines de lucro ante una eventual intervención o liquidación de la entidad financiera en la que fueron depositados los fondos. Este fondo representa un instrumento clave dentro del sistema de garantía financiera en el país.

Nuevo límite de cobertura del FSD en 2025: monto actualizado, razones del ajuste y vigencia según la SBS

A través de la Circular N.º B-2274-2025, la SBS estableció que el nuevo techo de cobertura del FSD para el trimestre marzo-mayo 2025 será de S/ 121.000. Este valor sustituye al anterior, vigente entre diciembre de 2024 y febrero de 2025, que era de S/ 121.600. La disminución obedece al descenso del IPM, indicador utilizado como referencia para estos ajustes.

Este seguro opera automáticamente y no requiere trámites previos por parte del depositante. Se activa si la entidad financiera donde se encuentra el dinero es intervenida por la SBS, siempre que se trate de una institución autorizada a captar depósitos.

Depósitos protegidos por el Fondo de Seguro: tipos de cuentas, beneficiarios y exclusiones en bancos, cajas y financieras

El FSD cubre depósitos nominativos, es decir, aquellos registrados a nombre de personas naturales o de personas jurídicas privadas sin fines de lucro. Las cuentas protegidas incluyen depósitos a la vista, de ahorro, a plazo y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), así como los intereses acumulados desde la fecha de depósito o renovación.

No están cubiertos los depósitos de empresas del sistema financiero ni cuentas de entidades que no se encuentren bajo supervisión de la SBS. En el caso de depósitos en moneda extranjera, la compensación se realiza en soles según el tipo de cambio vigente al momento de la intervención.

Diferencias entre el FSD bancario y el seguro de depósitos de cooperativas: montos máximos y condiciones para su aplicación

A diferencia del FSD aplicable a bancos, cajas y financieras, las cooperativas de ahorro y crédito cuentan con el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC). Este fondo ofrece una cobertura máxima de S/ 10.000, significativamente menor que el límite del FSD tradicional.

Para acceder a esta protección, la cooperativa debe haber realizado aportes al FSDC durante al menos 24 meses. No todas las cooperativas están incluidas, por lo que es importante verificar la participación de la entidad en el sistema antes de realizar depósitos.

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