Sociedad

Exoneración de arbitrios en Magdalena 2024: ¿para quiénes aplica y desde cuándo?

La exoneración de arbitrios en Magdalena del Mar aplica también a familias de los beneficiados. Esta decisión fue aprobada por el Concejo Municipal del distrito.

Beneficiarios deberán tener en cuenta ciertas consideraciones. Foto: Andina
Beneficiarios deberán tener en cuenta ciertas consideraciones. Foto: Andina

La Municipalidad de Magdalena del Mar aprobó, a través del Concejo Municipal, que se exonere, durante este 2024, del pago de arbitrios a personas con discapacidad que residan en el distrito, así como a las familias que integren un miembro en dicha condición. La medida empezó a regir a partir de hoy sábado 23 de marzo, fecha en que se oficializó en la Ordenanza n.° 217-2024-MDMM del diario oficial El Peruano.

El municipio precisó que el beneficio aplicará a vecinos que tengan hijos con discapacidad y que sean propietarios de un solo predio a nombre propio o sociedad conyugal. Asimismo, el valor total del autovalúo de la vivienda no debe exceder las 50 unidades impositivas tributarias (UIT), así como los ingresos mensuales de las familias que apliquen a esta exoneración no deben superar el valor de una UIT.

¿Qué más establece el municipio para la exoneración de arbitrios?

El municipio de Magdalena del Mar precisó que la exoneración no aplicará para sucesiones intestadas, sucesiones indivisas, sucesiones testamentarias. Si el titular del predio se encuentra inscrito bajo cualquiera de dichas modalidades, deberá regularizar el registro como condómino (propiedad compartida por dos o más personas) porque el beneficio es personal.

Asimismo, los beneficiarios deberán acreditar que cuentan con una única propiedad, que a su vez puede tener como dueño a una o más unidades inmobiliarias que posean áreas como estacionamiento, azotea, aires, depósitos, tendales, etc. En tanto, el uso comercial o de prestación de servicios del inmueble no impide el beneficio, ya que este será aplicado sobre el bien o una sección donde residan las personas con discapacidad.

¿A qué considera una persona con discapacidad la municipalidad de Magdalena?

El municipio de Magdalena considera a una persona con discapacidad a aquel individuo que posee una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida de alguna de sus funciones físicas, mentales o sensoriales de manera significativa que signifique la disminución o ausencia de la capacidad para realizar actividades consideradas normales.

Asimismo, señala que una persona es considerada con discapacidad cuando sus condiciones la limitan en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades para participar de manera equitativa dentro de la sociedad. Además, dichos ciudadanos deberán estar inscritos en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).

¿Qué son los arbitrios municipales?

Los arbitrios municipales en Perú son tasas que cobran las municipalidades a los propietarios o poseedores de predios (inmuebles) dentro de su jurisdicción. Estos cobros están destinados a financiar servicios públicos locales que benefician directamente a la comunidad. Los arbitrios municipales suelen destinarse a cubrir los costos de servicios como:

  1. Recolección de residuos sólidos: este servicio incluye la recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos generados en las viviendas y establecimientos comerciales.
  2. Limpieza pública: comprende la limpieza de calles, plazas, parques y demás espacios públicos, así como el barrido de vías, mantenimiento de áreas verdes y desinfección de lugares públicos.
  3. Mantenimiento de parques y jardines: este servicio se enfoca en el cuidado y conservación de las áreas verdes públicas, incluyendo el riego, poda, siembra y mantenimiento general de parques y jardines.
  4. Seguridad ciudadana: algunas municipalidades incluyen dentro de los arbitrios un componente destinado a financiar servicios de seguridad ciudadana, como serenazgo o vigilancia en espacios públicos.