CAS-COVID: amplían contratos de personal de salud hasta el 31 de julio
Mediante un decreto de urgencia, publicado en la edición extraordinaria de El Peruano, se autorizó la prórroga de estos contratos que vencían el último jueves 30 de junio.
Con el objetivo de garantizar y fortalecer una correcta atención de casos sospechosos y confirmados de COVID-19, se autorizó la extensión de la vigencia de los contratos del personal de salud bajo la modalidad de CAS hasta el 31 de julio del 2022, mediante el Decreto de Urgencia 018-2022. Por tanto, se aprobó la transferencia de partida de 288 millones 683.000 soles a las diferentes dependencias correspondientes.
“La transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2022 (...) permitirá financiar hasta el 31 de julio del 2022 la prórroga de los contratos administrativos de servicios bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo N.º 1057″, indica el texto oficial.
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En esa línea, esta norma autoriza al Instituto Nacional de Salud (INS), el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), a las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, así como el Ministerio de Salud (Minsa), a ampliar los contratos.
alternativa. Vacunación es una de las m,edidas para salvagiuardar a población y evitar nuevos contagios.
Asimismo, esta prórroga también beneficiará a los siguiente servicios:
- Mejora de los equipos de intervención integral
- Las brigadas de intervención en comunidades indígenas
- La Red Nacional de Laboratorios en Salud Pública de las regiones
- El Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica
- El Sistema de Atención Móvil de Urgencias (SAMU)
- Telemedicina: la coordinación nacional de las estrategias implementadas para contención y mitigación de la progresión de la pandemia y el monitoreo de las macrorregiones.
Sobre las excepciones
Cabe resaltar que son tres las nuevas funciones que se detallan en este decreto de urgencia.
- De manera excepcional y según la necesidad de servicio, se permite al Minsa, al INS, al INEN y a las unidades ejecutoras de salud de las regiones asignar o variar nuevas funciones al personal en las acciones de vacunación y la atención de casos.
- Se puede cambiar el lugar de la prestación del servicio dentro del ámbito de jurisdicción de la Unidad Ejecutora. Esto no supone la variación de la contraprestación ni celebración de un nuevo contrato.
- En su artículo 5, se autoriza, excepcionalmente, al Minsa y a los gobiernos regionales a efectuar, hasta el 31 de agosto del 2022, prestaciones adicionales para la vacunación contra la COVID-19.