Yenifer Paredes: revocan prisión preventiva pese a que “pretendió sustraerse” de la justicia
Por mayoría, la Segunda Sala Penal de Apelaciones impuso comparecencia con restricciones a Yenifer Paredes. Magistrada Guillén Ledesma se opuso.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones revocó la orden de prisión preventiva por 30 meses que se le impuso a la cuñada del presidente Pedro Castillo, Yenifer Paredes. La decisión fue adoptada por mayoría. Generó discordia entre los jueces superiores determinar si la medida impuesta contra la hermana de la primera dama Lilia Paredes se dio acorde al principio de proporcionalidad.
La defensa de Yenifer Paredes alegó que el juez Johnny Gómez, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria que dictó la prisión preventiva, no contempló la posibilidad de que se le imponga una medida coercitiva menos grave, como la comparecencia con restricciones.
El Ministerio Público consideró que la medida impuesta contra Paredes Navarro fue “idónea, necesaria y proporcional en el sentido estricto”. No obstante, los jueces superiores Iván Quispe Aucca y Edgar Medina Salas no coincidieron con lo expuesto por la Fiscalía.
“Este colegiado, evaluando el comportamiento inicial de la investigada de haber pretendido sustraerse de la persecución penal y luego presentarse ante las autoridades, considera que para el presente caso la comparecencia con restricciones constituye un mecanismo que permitirá conocer la ubicación de la investigada para las diligencias que se le requiera y mantener la sujeción al proceso”, se lee en la resolución.
Revocan prisión preventiva a Yenifer Paredes. Foto: documento
Bajo este argumento, la Segunda Sala Penal de Apelaciones ordenó la liberación de Yenifer Paredes y estableció las reglas de conducta que deberá acatar:
- No ausentarse de la localidad sin previo aviso de la autoridad,
- Fijar domicilio en el plazo de 72 horas de egresado del establecimiento penal,
- Concurrir puntualmente a las citaciones que le efectúe la autoridad policial y del Ministerio Público
- Dar cuenta de sus actividades ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, firmando el control biométrico por vía virtual o física según corresponda.
Todo ello “bajo apercibimiento de revocarse la medida y disponerse su reingreso al establecimiento penal, previo requerimiento del Ministerio Público”.
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Voto discordante
En su voto en discordia, la jueza superior María Guillén Ledesma recuerda que, si bien el hecho de que Yenifer Paredes se puso a disposición de la justicia podría interpretarse como una “voluntad afirmativa de no entorpecer las investigaciones”, la entrega se dio un día después de que se ejecutó la orden de detención preliminar.
La magistrada también recuerda que el ingreso a las instalaciones de la residencia presidencial se retrasó por cerca de una hora y que desaparecieron imágenes de las cámaras de seguridad, precisamente del día del allanamiento a Palacio.
“La imputada decidió concurrir a la sede del Ministerio Público, pero al día siguiente de la frustrada diligencia de allanamiento con fines de detención, incautamiento y otros que se llevó a cabo en Palacio de Gobierno, lugar donde solía pernoctar la investigada”, asevera Guillén.
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Es por ello que la jueza superior cree que imponer comparecencia con restricciones a Yenifer Paredes “no es suficiente para neutralizar el peligro de fuga y el peligro de obstaculización”.
“El entorno en donde se desenvuelve la imputada es especialmente favorecedor a una maniobra exitosa para eludir la acción de la justicia. Muy aparte de tener claro que, por máximas de la experiencia, toda organización criminal buscará proteger a sus integrantes y fomentar su huida —ya sea por una mal entendida solidaridad o para evitar futuras incriminaciones— en este caso la organización criminal la cual integraría la imputada es una que —objetivamente— está dotada de atribuciones y ventajas difíciles de obtener para cualquier otra”, advierte.
Voto en discordia de la jueza Guillén Ledesma sobre el caso de Yenifer Paredes. Foto: documento