El Poder Judicial ordena al Estado Peruano declarar en emergencia ambiental a Huancavelica
Fallo determinó que en Huancavelica y en la comunidad de Sacsamarca existe un daño ambiental significativo, debido a que hay presencia de mercurio, arsénico y plomo por encima de los Estándares de Calidad Ambiental
La Corte Superior de Huancavelica determinó que en la ciudad de Huancavelica y en la comunidad de Sacsamarca se evidencia un daño ambiental significativo que está ocasionando un grave impacto en la salud y en la vida de las personas, así como en su entorno ambiental, debido a la presencia de mercurio, arsénico y plomo en suelos, viviendas y también en las escuelas.
El fallo demanda declarar en emergencia ambiental las localidades antes mencionadas y realizar la remediación de ese pasivo minero de origen colonial calificado de alto riesgo; así como implementar medidas ambientales a favor de la población que está expuesta de modo permanente a estos contaminantes.
Las medidas de remediación ambiental deberán ser asumidas, principalmente, por la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Vivienda, además del gobierno regional de Huancavelica y la municipalidad provincial.
Daño. Huancavelica en crisis medioambiental por presencia de arsénico, plomo y mercurio. Foto: difusión
Asimismo, la sentencia pide declarar a la ciudad de Huancavelica y a Sacsamarca como sitios contaminados por polimetales, ordena incluirlas en los planes de descontaminación por mercurio en el Plan de Acción Multisectorial para la implementación de Convenio Minamata; e incluirlas en el inventario de los pasivos ambientales mineros.
Parta ello, el Ministerio del Ambiente deberá declarar la emergencia ambiental y, posteriormente, implementar un plan de acción inmediato y de corto plazo, señalando el ámbito territorial, las medidas de seguridad y técnico sanitarias a adoptar.
En el ámbito de salud, se deberá coordinar acciones para la atención médica de los pobladores expuestos por la contaminación ambiental en la zona. El Estado peruano deberá coordinar los cambios necesarios en la zonificación, desplazamiento, planificación e infraestructura en la comunidad afectada que son necesarios para enfrentar la emergencia de salud.
En cuanto al presupuesto, el gobiernos local, regional y central deberán consignar en sus presupuestos partidas para el financiamiento del monitoreo y emergencias ambientales.
También se deberá coordinar acciones para reducir o eliminar las emisiones de sustancias contaminantes relacionadas con la emergencia ambiental; y garantizar el aislamiento de la zona afectada para prevenir la dispersión de las sustancias contaminantes a otras zonas.
“La realidad es que Huancavelica es una de las ciudades más contaminadas en el mundo. Ya basta de autoridades que nieguen la realidad, con la exclusión sistemática de Huancavelica. Es un tiempo para la remediación integral con mano de obra local para crear una Huancavelica con un ambiente sano para las generaciones futuras”, dijo Nicholas Robinson, presidente del Consejo de Salud Ambiental.
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Fernanda Venzo, abogada para América Latina del Centro Legal de los Defensores del Medio Ambiente, resaltó que la sentencia ha reconocido violaciones al medioambiente sano, pero también sostuvo que se ha violado el derecho a la vida por la exposición de los pobladores a estos contaminantes.
Si no acatan fallo, la CIDH sería una vía
Fernanda Venzo dijo que, en caso de que el Estado peruano no cumpla con la sentencia, se podría acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aunque señaló que confían en que esta se acatará.
“Si fuera el caso de que el Estado peruano no cumpliera, se podría acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humano”, manifestó la abogada.