Política

Congreso impulsa ley para sancionar con cadena perpetua a responsables de muerte de policías

La propuesta legislativa fue presentada por la congresista Lady Camones (APP) en medio de reciente aprobación de dictamen para que autoridades policiales puedan usar armas de fuego sin ser detenidos.

Ley busca empoderar a policías en el ejercicio de sus funciones | Composición: Gerson Cardoso/Foto: La República
Ley busca empoderar a policías en el ejercicio de sus funciones | Composición: Gerson Cardoso/Foto: La República

La congresista de Alianza para el Progreso (APP), Lady Camones Soriano, presentó junto a otros miembros de su bancada el Proyecto de Ley N° 09470/2024-CR, el cual busca modificar los artículos 108-A y 121 del Código Penal para sancionar con cadena perpetua a quien asesine a un miembro de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones.

Según se expresa en el documento, el objetivo de la ley es "contribuir a la protección de la vida de los miembros de la Policía Nacional del Perú y fortalecer su labor en la lucha contra la delincuencia en el país". En su exposición de motivos, se justifica el proyecto debido al creciente número de homicidios en el país, señalando que en gran medida las víctimas de esta ola de violencia son efectivos policiales.

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"(…) Esta misma tendencia de incremento (…), aparentemente se estaría produciendo en el caso de la violencia contra los efectivos policiales en nuestro país. Estos crímenes no solo son tragedias personales, sino que también representan un ataque a la institucionalidad como se ha indicado", señala el documento presentado.

 Proyecto de Ley que sanciona con cadena perpetua a responsables de muerte de policías. | Foto: Congreso.

Proyecto de Ley que sanciona con cadena perpetua a responsables de muerte de policías. | Foto: Congreso.

Especialista criticó la iniciativa legislativa de Lady Camones

La abogada Romy Chang Kcomt, experta en derecho penal y profesora en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), cuestionó el proyecto de ley y aseguró que es una medida que no cumple con los requisitos técnicos adecuados: "En realidad, es un proyecto de ley que no se justifica porque no tiene una revisión técnica. La pena de cadena perpetua, si bien está formalmente regulada en nuestro Código Penal, no se aplica, ya que siempre es revisable a los 35 años", mencionó la penalista.

Chang Kcomt también criticó que el proyecto atentaría contra el principio de proporcionalidad y aseguró que esta medida no es una verdadera solución ante la ola de violencia producto de la inseguridad ciudadana: "Este proyecto no respeta el principio de proporcionalidad que debe existir entre las normas y olvida que el uso del derecho penal debe ser el último recurso, no el primero. Esto (el proyecto de ley) está hecho para engañar a la población y hacerles creer que estas medidas ayudarán a combatir la inseguridad ciudadana. Particularmente, no le encuentro mucho sentido", sentenció la especialista.

Congreso aprobó ley que impide que policías sean detenidos por uso de armas de fuego

Anteriormente, el Congreso de la República aprobó una ley que restringe a jueces y fiscales de solicitar o ejecutar detenciones preliminares o prisiones preventivas contra miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) que utilicen armas de fuego en sus intervenciones. Se estableció que los agentes policiales no podrán ser detenidos si el uso de sus armas o de otros medios de defensa es conforme al reglamento y provoca lesiones o muertes.

La iniciativa, cuyo objetivo es fortalecer el principio de presunción de inocencia y brindar una mayor protección a los integrantes de la Policía Nacional del Perú (PNP), obtuvo 95 votos a favor en el Congreso y fue exonerada de una segunda votación con 80 votos a favor, 18 en contra y 3 abstenciones. Las bancadas de Fuerza Popular y Perú Libre respaldaron los proyectos legislativos 3999/2022-CR, 7115/2023-CR y 7965/2023-CR, que buscan enmendar el Código Penal, el Decreto Legislativo 635 y el Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957.

La ley también establece que, por razones humanitarias, las personas mayores de ochenta años cumplirán su condena según lo dispuesto en los artículos 288 y/o 290 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957. Esto implica que aquellas personas de más de 65 años, o quienes padezcan una enfermedad grave o incurable, no podrán ser enviadas a prisión.

Esta propuesta legislativa será remitida al Poder Ejecutivo precedido por la presidenta Dina Boluarte, quien tendrá la facultad de ratificar su aprobación o, en su defecto, observarla.

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