Congreso del Perú aprueba bicameralidad: ¿cuáles son los requisitos para ser senador o diputado?
La bicameralidad entrará en vigencia en las próximas elecciones generales, en el 2026. La ciudadanía deberá escoger a 190 miembros del nuevo sistema parlamentario.
La bicameralidad entrará en vigencia el 2026 tras ser aprobada en segunda votación el último 6 de marzo de este año. Por esto, en las próximas elecciones, la ciudadanía tendrá que escoger un total de 190 miembros del nuevo sistema parlamentario, que se divide en 130 diputados y 60 senadores. Los políticos que deseen ocupar tales cargos deben cumplir una serie de requisitos.
¿Cuáles son los requisitos para ser senador?
Los senadores desempeñan el papel de revisores o 'segundo filtro'. Son ellos quienes ratifican o rechazan las propuestas legislativas iniciadas por los diputados y, generalmente, se caracterizan por tener una mayor experiencia política.
- Para ser elegido senador se requiere ser peruano de nacimiento.
- Tener mínimo 45 años al momento de la postulación o haber sido congresista o diputado.
- Gozar del derecho de sufragio.
Asimismo, no pueden ser seleccionados miembros del Congreso si no han renunciado al cargo seis meses antes de la elección, en los siguientes casos:
- El presidente de la República, los ministros, viceministros de Estado ni el contralor general.
- Los miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Jurado Nacional de Elecciones, el defensor del Pueblo, el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ni el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
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¿Cuáles son los requisitos para ser diputado?
La labor de los diputados se centra en la creación de leyes y tienen la facultad de interpelar o censurar a los ministros. En esta cámara se lleva a cabo la principal actividad política.
- Se requiere ser peruano de nacimiento.
- Haber cumplido 25 años al momento de la postulación.
- Gozar del derecho de sufragio.
Los candidatos a la presidencia o vicepresidencias de la República pueden ser simultáneamente candidatos a senador o diputado. Además, el Congreso aprobó que ambos pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo.
¿Qué funciones no puede realizar un senador y diputado?
El cargo de senador o diputado se considera una ocupación de tiempo completo, lo que implica una prohibición para estos funcionarios de ocupar cualquier otro puesto o ejercer otra profesión u oficio durante las horas de actividad del Legislativo.
Por ello, la función de senador o diputado es incompatible con la realización de cualquier otra función pública, salvo en los casos de ser ministro de Estado o al desempeñar, con previa autorización del Congreso, comisiones extraordinarias de carácter internacional. Asimismo, se permite la excepción para el ejercicio de la docencia universitaria.
Ambos cargos también son incompatibles con roles tales como gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista mayoritario o integrante del directorio de empresas que mantengan contratos con el Estado en áreas como obras, suministros o aprovisionamientos, o que gestionen ingresos públicos o brinden servicios de igual naturaleza.
De la misma forma, resulta incompatible ejercer puestos equivalentes en empresas que, durante el período de su mandato, reciban concesiones del Estado, así como en entidades del sistema financiero crediticio que estén bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Con la reinstauración de la bicameralidad, se establecerá un Senado compuesto por 60 senadores; mientras que la Cámara de Diputados estará constituida por 130 miembros. Ambos cuerpos serán elegidos para un período de 5 años a través de un proceso electoral.