TC: Cierre del Congreso es constitucional
Con total transparencia. En una histórica sesión, que por primera vez fue transmitida en directo, los magistrados convalidaron por mayoría la decisión del Ejecutivo de disolver el Parlamento por haberle negado la confianza por segunda vez. La sentencia será publicada en máximo siete días hábiles.
Por mayoría, el Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda competencial que presentó el presidente de la Comisión Permanente del Congreso, convalidando la decisión del Ejecutivo de cerrar el Parlamento al haberle negado la confianza por segunda vez.
Durante más de tres horas los jueces deliberaron sobre la ponencia presentada por el tribuno Carlos Ramos Núñez, que finalmente fue apoyada por los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña, Manuel Miranda y la presidenta del ente constitucional, Marianella Ledesma.
Los cuatro jueces establecieron así que el entonces premier Salvador del Solar tenía facultades para plantear una cuestión de confianza al proyecto de ley que pretendía reformar el sistema de elección de miembros del máximo ente constitucional; que, al haber continuado con dicho proceso, los legisladores le negaron la confianza; y que la Carta Magna no exige que todo el gabinete refrende la resolución que disolvió el Congreso.
La sesión, que por primera vez en la historia del TC fue transmitida en directo en un ejercicio de transparencia, comenzó a las 10 a.m., con la exposición del magistrado ponente.
Ramos recalcó que la sentencia que el 2018 emitió el tribunal sobre la cuestión confianza redactada por el magistrado Augusto Ferrero –quien ahora votó en contra–, señala que es una facultad abierta del Ejecutivo para que tenga un amplio campo de posibilidades para las políticas públicas que su gestión requiera.
Indicó que el pedido planteado el 30 de setiembre último por el premier Del Solar, además de proponer un proyecto de ley sobre la forma de elección de los miembros del TC, solicitaba que se postergue el proceso de nombramiento previsto para ese día.
“Al continuar con el procedimiento de elección de magistrados, el Congreso de la República demostró de modo tangible que no tenía intención de cumplir con lo solicitado por el presidente del Consejo de Ministros”, afirmó Ramos, resaltando que fue una forma manifiesta de no aceptar lo solicitado.
Luego dijo que “el tribunal concluye que el Poder Ejecutivo no ha obrado de forma contraria a la Constitución”. Entonces, al haber denegado la confianza por segunda vez, se facultó al presidente de la República a disolver el Parlamento.
El primer respaldo
Hasta el lunes no había certeza de que la ponencia de Ramos contaría con los cuatro votos mínimos que requería para convertirse en sentencia. Fuentes del TC señalaron que el magistrado Manuel Miranda tenía ciertas dudas sobre la validez de la resolución que disolvió el Parlamento, sin embargo, fue el primero en señalar que suscribiría el proyecto de sentencia que declara infundada la contienda competencial.
“Considerar que el procedimiento de elección de magistrados está a cargo únicamente del Congreso y no permite al Poder Ejecutivo impulsar una cuestión de confianza relativa al mismo, se inscribe en una cuestión desfasada del concepto de separación de poderes”, dijo. Esta fue la primera señal de que daría su respaldo.
Destacó que se debe evitar una interpretación que fomente actitudes abusivas del Poder Ejecutivo, pero una posición formalista de admitir un pronunciamiento explícito de la negativa de la confianza pues abrirá la posibilidad de que el Parlamento evite ser disuelto sin aceptar en los hechos el pedido del Ejecutivo.
Luego, expresamente anunció que apoya la ponencia de Ramos y emitirá un fundamento de voto.
No hubo intromisión
Por su parte, el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña aclaró que nunca se planteó quitar la facultad del Congreso de elegir a los magistrados del TC, sino que se proponía una cuestión procedimental para que se haga con mayor transparencia.
Por ello no hubo intromisión en su mandato. “Nadie le quitó ni buscó quitar al Congreso la posibilidad de elegir a los magistrados”, expuso.
Recordó que este mismo Parlamento permitió al Ejecutivo dar cuestión de confianza no solo sobre leyes sino sobre reformas constitucionales aprobadas por referéndum.
Y sobre la denegación fáctica, señaló que hubo una lógica clara de no darle la razón y que incluso estamos en el límite de lo que los abogados llaman fraude a la Constitución.
“Por ejemplo, Marianella Ledesma nos hace una propuesta de cambio de procedimiento para trabajar en el debate. La escuchamos, hasta le ponemos tratamiento preferente, se la aprobamos, pero acto seguido aplicamos el procedimiento anterior y dejamos de lado lo que nos planteó. ¿Estamos acogiendo el sentido de la cuestión de confianza que nos plantea o la estamos denegando?”, reflexionó Espinosa-Saldaña.
Finalmente, la presidenta del TC, Marianella Ledesma, respaldó la ponencia que declara inconstitucional la contienda contra la disolución del Parlamento.
Dijo que una negación de confianza debe estar asociada a una “voluntad que se exprese de manera clara indubitable” por parte del Legislativo, y eso no se dio el 30 de setiembre en el pleno del Legislativo.
“Considero que dicha manifestación se dio clara e indubitable. Se produjo el 30 de setiembre, cuando, pese a la solicitud planteada por el presidente del Consejo de Ministros de suspender el proceso de la elección de magistrados del TC, el pleno del Congreso decidió continuar con la agenda programada para dicha sesión”, acotó.
Asimismo, remarcó que la Constitución, en otros artículos, sí señala que debe haber una manifestación expresa de una voluntad, pero no lo indica en el acápite sobre la denegatoria de una cuestión de confianza. Agregó que hubo un rechazo fáctico al seguir con la votación para elegir a magistrados TC y se rechazó una cuestión previa para que se suspenda la sesión del 30 de setiembre.
Tres en contra
Por su parte, como adelantó La República, los magistrados José Luis Sardón, Ernesto Blume y Augusto Ferrero se pronunciaron en contra de la ponencia y se pronunciaron por declarar fundada la contienda competencial. Pero tres votos no son suficientes para cambiar el sentido del proyecto.
Sardón fue más allá, pues además de proponer que se declare inconstitucional la disolución del Congreso, planteó que no obstante ello se convalide las elecciones del 26 de enero próximo para el nuevo Congreso y que señalar que el presidente Martín Vizcarra no pueda postular en las elecciones del 2021.
Mientras que Ferrero sustentó su postura en que no se puede aceptar la denegación tácita, poniendo como ejemplo casos en los que se necesita una expresión explícita como el matrimonio o su juramentación como vicepresidente del TC.
Blume sustentó sus discrepancias con el proyecto de fallo, pues para él la actuación del presidente Vizcarra al cerrar el Congreso fue inconstitucional, utilizando la figura inexistente, como la denegación fáctica.
Incluso dijo que hubo una serie de hechos inconstitucionales en la jornada del 30 de setiembre, cuando el entonces premier del intentó presentar la cuestión de confianza.
Por ello propuso que se anule el decreto supremo que disolvió el Parlamento, aunque remarca que no se puede dar vuelta atrás, pues hay un proceso electoral en giro, y en un último intento de alargar el tema pidió más tiempo para que los magistrados del tribunal voten, con el argumento de buscar consensos y lograr una votación unánime en este extremo.
Además, dijo que se debe establecer algunos parámetros para que esta circunstancia no se repita.
No fue un golpe de Estado
Por la noche, en una entrevista en RPP, ante la pregunta de si lo que pasó el 30 de setiembre fue un golpe de Estado, Ledesma lo negó. “Definitivamente, no. Se usaron los mecanismos constitucionales cuando hay una crisis en la relación del Poder Ejecutivo y Legislativo”, precisó.
Luego, aclaró que el fallo del TC no es una “carta blanca” como aseguran sus críticos, pues “por acuerdo unánime” se le agregará a la ponencia aprobada criterios rectores para que no se desnaturalice a futuro el ejercicio de la cuestión de confianza. El magistrado Ramos coincidió con la presidenta del TC en que los ajustes evitarán el mal uso de ese mecanismo.
Ledesma negó cualquier lazo con el cuestionado exjuez César Hinostroza. Aclaró que no fue su asesora de tesis y que si coincidió con él en dos eventos fue porque integraba delegaciones del Poder Judicial y del TC. “Nunca he tenido ninguna comunicación con él”, concluyó.
Pedro Olaechea: “Acataré la sentencia, la historia juzgará”
A través de su cuenta de Twitter, el presidente de la Comisión Permanente del Parlamento, Pedro Olaechea, se pronunció tras la votación del TC sobre la contienda competencial contra el cierre del Congreso. “Acataré la sentencia, será la historia quien juzgue la decisión adoptada el día de hoy”, escribió.
Sostuvo que cumplió con su deber de no dejar indefensa la institucionalidad del Congreso de la República. “Luché para que prevaleciera la Constitución y la separación de poderes frente a meras voluntades políticas”, indicó.
Asimismo, Olaechea felicitó a los magistrados Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero por sus posiciones en el debate, calificando que fueron “firmes en su defensa del Estado de derecho y la democracia”.
Opiniones
Carlos Ramos Núñez - Magistrado TC
“Hay una manera de entender la Constitución en términos deliberativos, que se opone a un sentido clásico de entenderla al pie de la letra, y que hace de las atribuciones del Legislativo como algo intangible e imposible de controlar. Estamos ante un nuevo escenario que rompe con lo tradicional”.
Marianella Ledesma - Presidenta TC
“Ha sido un día histórico en el país. Por primera vez en la historia de la jurisdicción constitucional, el TC levantó la reserva de una deliberación para que la ciudadanía tenga la oportunidad de conocer los argumentos que cada magistrado ha expresado de manera alturada”.
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José Luis Sardón - Magistrado TC
“La actuación del Ejecutivo fue inconstitucional... Las circunstancias nos obligan a declarar la validez de la convocatoria a un nuevo Congreso... en observancia al principio de previsión, debemos declarar que el actual presidente no puede postular en las elecciones generales del 2021”.
Ernesto Blume - Expresidente TC
“Ha habido infracción a la Constitución por parte del presidente... Se ha producido al haberse disuelto inconstitucionalmente el Congreso, utilizando una figura inexistente en nuestro ordenamiento que ha denominado denegación fáctica. Debe anularse el decreto supremo”.
En Twitter
Martín Vizcarra, presidente de la República - @MartinVizcarraC
“La actuación de este Gobierno es, y ha sido siempre, respetando nuestra Constitución. La decisión tomada el 30 de setiembre del 2019 es una muestra de ello. Hoy el TC, máximo intérprete de la Constitución, ha cerrado este capítulo. Sigamos trabajando juntos. #ElPerúPrimero.”