Día sin carro y sin moto: revisa horarios y transportes que circularán en Bogotá y Cali
El jueves 22 de septiembre se aplicará el pico y placa en Bogotá, además te contamos qué multas tendrías que pagar si incumples esta medida en Cali.
Esta semana, precisamente el jueves 22 de septiembre, se dará inicio al Día sin carro y sin moto en diferentes zonas del país. Las autoridades informaron sobre los horarios del transporte público y las restricciones que deberá cumplir la ciudadanía. En esta nota te daremos a conocer todo lo necesitas para transitar con tranquilidad por Bogotá y Cali.
¿Cómo será el Día sin carro en Bogotá?
- En la capital colombiana, la restricción será desde las 5.00 de la mañana hasta las 9.00 de la noche.
- Transmilenio: abrirá a las 3.30 a.m. y las estaciones que usualmente atienden a las 4.30 a.m. lo harán media hora antes, es decir, a las 4.00 a.m. Por otra parte, el cierre del servicio será el 23 de septiembre a la 1.00 a.m.
- También se incluirá a las localidades de Mosquera y Chía, el horario regirá desde las 6.00 a.m. hasta las 8.00 p.m.
- Pico y placa se cumplirá de manera regular para los taxis de 5:30 a.m. a 9:00 p.m. este jueves. Asimismo, se comunicó que la restricción será para las placas terminadas en 5-6.
- Los conductores que no cumplan con la medida recibirán la infracción de tránsito C.14 y serán inmovilizados.
¿Cómo será el Día sin carro en Cali?
- En Cali, la capital del Valle del Cauca, la jornada irá desde las 7.00 a.m. hasta las 7.00 p.m.
- El sistema de transporte masivo MIO dispondrá de 730 vehículos al servicio de los ciudadanos y ciudadanas.
- La restricción solo se cumplirá en vehículos particulares. Esto significa que los taxis, camperos y transportes públicos podrán transitar.
- Para las personas que no acaten la norma, se les sancionará con una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (alrededor de 468.500 pesos) y se los detendrá.
Algunas excepciones
A continuación te mencionamos ciertas excepciones para el 22 de septiembre en Bogotá y Cali.
- Vehículos y motos que conduzcan personas en condición de discapacidad para su transporte.
- Vehículos de emergencia
- Carrozas fúnebres
- Vehículos y motos para el control de tráfico y grúas que
- Caravana presidencial
- Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros
- Transporte escolar y público.