Por fiestas patrias. Unos 3,5 millones trabajadores del sector privado y unos 120 mil del sector público reciben gratificaciones con 9% adicional antes del 15 de julio. Multas por incumplir el pago de este beneficio supera los S/ 200 mil.,Aproximadamente unos 3,6 millones de trabajadores, tanto del sector público como del privado –generalmente–, recibirán antes del 15 de julio la gratificación por Fiestas Patrias. Así lo estimó el abogado laboralista, Ricardo Herrera, quien detalló que se trata de los 3,5 millones de trabajadores en el sector privado, y de los 100 mil a 120 mil que pertenecen al sector público y que se desempeñan en el régimen del Decreto Legislativo 728. PUEDES VER INEI: precios al consumidor subieron 3,02% en doce meses Herrera explicó que si bien en el Estado laboran unos 1,5 millones de personas aquellos que, por ejemplo, lo hacen dentro del régimen CAS o del régimen del DL 276 reciben en julio y diciembre un aguinaldo, que de acuerdo a la Ley de Presupuesto de este año está fijada en S/ 300. Este aguinaldo también lo reciben en julio y diciembre los policías, los maestros, el personal de salud, diplomáticos, trabajadores del Poder Judicial y los magistrados del PJ y del Ministerio Público, aunque en este último caso reciben la tercera parte de su sueldo, precisó Herrera. De acuerdo con el especialista, los trabajadores de la micro empresa son los únicos que no reciben gratificación tal y como lo precisa la Ley de Pymes; aunque su nivel de incidencia es muy bajo pues el 94% pertenecen al sector informal de la economía. En el caso de los practicantes y el personal que labora con recibo por honorarios, tampoco reciben gratificación aunque sí media subvención cada 6 meses, que no necesariamente calza en julio y en diciembre. Sepa cuánto recibe El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), informó que la gratificación por Fiestas Patrias es equivalente a un sueldo completo que tuviera el trabajador al 30 de junio de 2017. Precisó que los aumentos pactados o voluntarios que se otorguen a partir del 1 de julio 2017, no se toman en cuenta para el pago de esta gratificación. Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de CCL, anotó que el pago de la gratificación también considera las horas extras cuando se registran al menos en 3 meses durante el semestre (enero-junio 2017). Un tema que resaltó Zavala es que los trabajadores, además de la gratificación deben percibir una bonificación extraordinaria de acuerdo a la Ley 30334 norma que desgravó las aportaciones a EsSalud a cargo del empleador. Precisó que se trata del 9% sobre la gratificación que los empleadores dejan de pagar a EsSalud, que será entregado a los trabajadores como bonificación extraordinaria. Para el caso de trabajadores afiliados a una empresa prestadora de salud (EPS) la bonificación extraordinaria no será 9% sino el 6,75% del monto de la gratificación. En cifras 9% adicional a la grati se recibe en julio y diciembre S/ 300 de aguinaldo reciben en julio y diciembre los servidores públicos del régimen CAS y del DL 276 Multas por más de S/ 200 mil por no pagar gratificación Las multas por no pagar gratificaciones oscilan entre los S/ 4.050 hasta S/ 202.500, dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados; es una infracción grave en materia de relaciones laborales. En una pequeña empresa, las sanciones irían desde 1 UIT o S/ 4.050 hasta las 10 UIT o S/ 40.500. Mientras que en el caso de las empresas de régimen general o no MYPE, las multas van desde las 3 UIT u S/ 12.150 hasta las 50 UIT, es decir S/ 202.500. El Centro Legal de la CCL precisó que para recibir gratificación, el trabajador debe encontrarse laborando en el mes de pago (julio 2017), o en todo caso encontrarse de vacaciones, de licencia con goce de remuneraciones, con descanso médico por enfermedad, accidente o maternidad. En tanto, no tienen derecho a las gratificaciones los trabajadores que al 30 de junio 2017 tengan menos de 1 mes de servicios. Por ejemplo, los que ingresaron el 15 de junio de este año.