¿Quieres construir tu vivienda? Conoce el bono que ofrece Techo Propio a todos los ciudadanos
Además de las modalidades para adquirir o renovar un inmueble, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ofrece un subsidio para los ciudadanos que busquen levantar su vivienda.
La construcción de una vivienda es un desafío para millones de peruanos que anhelan tener una casa para su familia. Los altos costos representan uno de los principales impedimentos, por lo que una opción es pedir un préstamo en las entidades financieras del mercado. Sin embargo, en muchas ocasiones, el acceso al financiamiento resulta complicado debido a las rigurosas condiciones y requisitos que establecen estas instituciones.
Los propietarios de terrenos sin construir pueden acceder a un subsidio del programa Techo Propio, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), que facilita la edificación de inmuebles a los propietarios que todavía no han construido sobre su propiedad, siempre que cumplan con los requisitos que exige la entidad. A continuación, te contamos los detalles del bono para construir tu primera vivienda.
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¿Cuál es el bono que ofrece el programa Techo Propio?
Los propietarios de terrenos sin construir y que estén inscritos en Registros Públicos pueden solicitar el Bono Familiar Habitacional a través del programa Techo Propio, que equivale a S/39.400 y forma parte de la modalidad de Construcción en Sitio Propio. El subsidio se otorga de manera única a los beneficiarios, sin posibilidad de reembolso.
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¿Cuáles son los requisitos del Bono Familiar Habitacional de Techo Propio?
Los interesados en solicitar el Bono Familiar Habitacional deberán registrarse en el programa Techo Propio en los centros habilitados. Es fundamental que exista una convocatoria activa, que debe publicarse mediante una resolución ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
De hecho, el MVCS lanzó la última convocatoria para el programa Techo Propio, que ofrece esta compensación económica a 2.569 familias, mediante la Resolución Ministerial 436-2024-Vivienda. Los futuros beneficiarios deben presentar su DNI y completar los datos que se pidan en la sede autorizada. En especial, tendrán que tener en cuenta los siguientes puntos:
- Ser parte de un Grupo Familiar, cuyo jefe debe ser una persona mayor de 18 años, o pareja casada, o conviviente sin impedimento matrimonial.
- El ingreso familiar neto no debe pasar los S/2.706 mensuales.
- El terreno debe estar registrado en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), así como estar libre de cargas o gravámenes y que figure a nombre del jefe de familia.
- El beneficiario no puede ser propietario de otra vivienda o terreno.
- El solicitante no puede haber recibido un subsidio previo del Estado (Fonavi, Enace, Banco de Materiales, Techo Propio, o recursos canalizados por el Fondo Mivivienda)
¿Cómo solicito el Bono Familiar Habitacional para construir mi vivienda?
Los aspirantes que cumplan con los requisitos podrán contactar a una entidad técnica (ET), que está autorizada por Techo Propio, por medio de una llamada al 0800-12-200. Una vez que se valide la ET, se procede a la firma del contrato de obra para la construcción de la vivienda. Es fundamental solicitar una copia del contrato, ya que esto te permitirá conocer tanto tus derechos como tus obligaciones.
La ET se encarga de gestionar el desembolso del Bono Familiar Habitacional y da inicio a la ejecución de la obra una vez que se ha realizado el desembolso del bono. Es importante que realices el depósito del ahorro en la cuenta recaudadora del Fondo Mivivienda al día siguiente de recibir tu código de proyecto. Cabe destacar que el ahorro no debe entregarse directamente a la ET en ningún caso.