Congreso aprueba retiro de la CTS
Economía

Bono de reconocimiento se transferirá desde abril del 2024

Plazos. MEF tiene 12 meses para emitir la reglamentación de la ley, pero considera imponer una demanda ante el TC. Afiliados recién dispondrán de este dinero al jubilarse.

Alcance. Alrededor de 50.000 exaportantes a la ONP serían los primeros beneficiarios del nuevo bono de reconocimiento. Foto: difusión
Alcance. Alrededor de 50.000 exaportantes a la ONP serían los primeros beneficiarios del nuevo bono de reconocimiento. Foto: difusión

Tras aprobarse por insistencia hace dos semanas en el Pleno, el Congreso de la República publicó ayer la ley nº 31729 para actualizar el bono de reconocimiento luego de 20 años. Los exafiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que se trasladaron al Sistema Privado de Pensiones (SPP) desde el 2002 ahora podrán solicitar la transferencia de su dinero aportado una vez que lleguen a la edad de jubilación: 65 años. Esta norma también beneficiará a los que decidan migrar a las AFP en un futuro.

Aún sin reglamento

Si bien ya se encuentra en vigencia la ley, aún se desconocen las condiciones. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tiene un plazo máximo de 12 meses para emitir los requisitos y reglamentación para el traslado de los aportes, mientras que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá establecer los procedimientos y orientación a los usuarios. Así, desde abril del 2024 se empezarían a realizar las transferencias.

Como disposición complementaria, se precisó también que la Oficina de Normalización Previsional (ONP) emitirá un oficio de manera semestral con el listado de aportantes que tienen derecho al bono de reconocimiento. Desde la ONP aclararon a La República que no recibirán las solicitudes directamente, sino que estas deben realizarse por medio de las AFP. Además, el monto a percibir deberá depositarse en las cuentas individuales de capitalización (CIC).

Bono es un saldo contable

Lo aportado a la ONP antes de migrar a la AFP estará disponible recién cuando se alcance la edad para el retiro laboral. “Es como un saldo contable, un reconocimiento. Tampoco generará intereses a lo largo del tiempo, algo que suele criticarse a estas medidas", señaló para este diario el profesor asociado de ESAN Jorge Guillen. Recordó también que los ciudadanos podrán visualizarlo en sus estados de cuenta, pero solo se trasladará al final de la jubilación “cuando el Estado lo pague como deuda a la AFP”.

¿Cuánto se recibiría en promedio?

De acuerdo con la ONP, los afiliados que soliciten el nuevo bono de reconocimiento recibirán en promedio S/3.600. Por otro lado, el gasto fiscal de la ley será de S/40.000 millones, y para el primer año de aplicación tendría un costo de S/5.000 millones. Este sería, según el organismo público previsional, un presupuesto que no se tiene contemplado y que podría poner en riesgo su existencia. La ONP calcula que alrededor de 4,6 millones de afiliados migrarían a las AFP tras la nueva normativa, lo que pondría en peligro los esquemas de pago mensual de más de medio millón de jubilados pertenecientes al sistema nacional.

Cuentas iniciarán en cero

Vale enfatizar que al pasarse ahora a la AFP, los afiliados iniciarán sin ningún sol en sus cuentas individuales, situación que afectaría a aquellos mayores de 50 años ya que recién comenzarían a cimentar su pensión en el sistema privado —advierte la ONP— al disponer de menos tiempo de ahorro para su jubilación.

MEF ve “altamente probable” imponer demanda ante el TC

Alex Contreras, titular del MEF, adelantó que están considerando acudir al TC. "Es altamente probable tomando en cuenta que hemos observado la ley y que ha sido aprobada por insistencia. Con alta probabilidad vamos a presentar una demanda de inconstitucionalidad”, dijo. De darle la razón el TC al Ejecutivo, no se evitará la entrada en rigor de la ley hasta tener una sentencia, señaló a La República el constitucionalista Luciano López. Además, si es que hay un fallo favorable para el Ejecutivo, no implicaría devolver los depósitos. “No les puedes pedir que devuelvan (el dinero). Conceptualmente, una sentencia de inconstitucionalidad no desbarata lo que ya se hizo durante la vigencia de la ley", explicó.

Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de Lima. Actualmente, redactora de actualidad y economía en el diario La República. Con intereses en temas culturales, periodismo narrativo, creación audiovisual, cine y literatura.