Demanda de inconstitucionalidad de la ley ONP queda al voto en el TC
Este jueves el Pleno del Tribunal iniciará el debate para definir su fallo. Hoy, tanto el procurador del Ejecutivo como los abogados del Congreso sustentaron sus posiciones.
La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo contra la Ley N° 31083, que autoriza el retiro de aportes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), quedó al voto durante la tercera audiencia pública remota del Tribunal Constitucional (TC) realizada hoy.
En la audiencia, los magistrados escucharon los informes orales en esta causa (Exp. N° 00016-2020-PI/TC) de los abogados, Luis Huerta Guerrero en representación del Poder Ejecutivo y Guillermo Llanos Cisneros; y José Palomino Manchego por el Congreso de la República. Además, informó en calidad de amicus curiae, el abogado Cesar Abanto Revilla.
Participaron de la tercera audiencia pública remota, la presidenta del TC, Marianella Ledesma Narváez, y los magistrados Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, quienes plantearon preguntas a los abogados. El vicepresidente Augusto Ferrero Costa no participó del acto procesal por encontrarse de vacaciones, pero se avocará a la referida causa.
De acuerdo a los argumentos del Ejecutivo, la ley es inconstitucional debido a que incurre en gasto fiscal - cerca de 15.900 millones de soles - cuando el Congreso no tiene iniciativa de gasto. Asimismo, rechaza el concepto de devolución de aportes, pues el sistema nacional de pensiones se basa en un principio de reparto solidario. “Todo lo que ingresa inmediatamente se destina al pago de pensiones”, señaló el procurador Luis Alberto Huerta.
Asimismo, negó que el Estado esté incumpliendo la ley, pues para reglamentarla, primero el Ejecutivo tendría que definir de dónde se obtiene el dinero para financiar las “devoluciones”. “En este momento ese dinero no hay”, enfatizó.
Por su parte, el abogado Jesús Llanos Cisneros, defensor del Congreso en este caso, recordó que, respecto a la forma, la ley siguió los procedimientos pertinentes en el Legislativo para su aprobación. Asimismo, apeló que devolver los aportes a quienes tienen más de 65 años y que ya no accederán a una pensión de jubilación es “garantizar la seguridad social”. Incluso - anotó - que aunque el afiliado cumpla con los requisitos ha quedado evidenciado en cientos de casos que “los ex aportantes deben ir al Poder Judicial para corroborar que cumplieron con los 20 años de aportes”.
La República supo que mañana los magistrados empezarán a debatir en el Pleno del TC, que iniciará a las 9:00 a.m., su posible fallo a la demanda de inconstitucionalidad presentado por el Ejecutivo.