Más de la mitad de empresas hará que su personal retorne al trabajo solo para “áreas críticas”
Según un estudio, solo se hará efectivo el retorno para empleados que sean fundamentales para la empresa y por ende, amerite su presencia.
Casi el 60% de empresas hará que sus trabajadores retornen a sus centros de labores para las “áreas críticas” del negocio, mientras que casi el 20% permanecerá trabajando de manera remota, según un estudio de Marsh Perú a mediados de mayo.
Dichas áreas críticas, según el estudio, son fundamentales para la empresa y amerita la presencia de los empleados.
Cabe agregar que la ministra Sylvia Cáceres, sostuvo que el trabajo remoto continúa siendo una herramienta para que aquellas actividades que no requieran la presencia del trabajador.
“Esta figura está vigente, apelamos a que se continúe en el sector público y privada”, recalcó.
En tal sentido, durante la inmovilización social obligatoria, el 92% de empresas aplicaron el trabajo remoto como parte de las medidas para proteger la salud de sus trabajadores.
Si bien esta no es una nueva modalidad de trabajo, su abrupta introducción al mercado puede haber encontrado a muchas empresas sin un plan de prevención.
Evidencia de ello es que, muchos trabajadores han debido adaptar su casa como un espacio laboral, sin necesariamente tener todos los implementos necesarios para proteger su salud fisiológica y anatómica desde un inicio.
En una encuesta sobre Trabajo Remoto, realizada por Marsh en junio, casi el 70% de personas registró haber tenido algún tipo de malestar músculo-esquelética durante el trabajo remoto.
Entre los principales malestares se destacan el cuello (61%) y la espalda dorsal o lumbar (24%). Asimismo, sólo el 33% realiza pausas activas cada 2 horas.
Sobre ello, Akio Murakami, gerente central de salud y beneficios de Marsh, reflexiona que hay un gran reto en las empresas por desarrollar planes de prevención y educación ergonómica que permita ejecutar de manera exitosa esta nueva modalidad de trabajo.
Herramientas de trabajo
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), mediante el Decreto Supremo Nº 010-2020-TR, señaló que las empresas deberán determinar las herramientas que los trabajadores necesitarán para la realización del trabajo remoto.
En ese sentido, el empleador debe asignar las facilidades necesarias para el acceso del trabajador a sistemas, plataformas, o aplicativos informáticos necesarios para el desarrollo de sus funciones , otorgando las instrucciones necesarias para su adecuada utilización, así como las reglas de confidencialidad y protección de datos.
Además, cuando los instrumentos para el desarrollo de trabajo remoto sean proporcionados por el trabajador, las partes podrán acordar la compensación de los gastos adicionales derivados del uso de tales instrumentos.