
Los restaurantes, bares y otros establecimientos comerciales pueden aplicar un cobro adicional cuando sus clientes pagan con tarjeta de crédito, pero deben cumplir una condición: informar previamente sobre el recargo. El Indecopi recordó que esta tarifa debe comunicarse de manera clara y visible antes de concretar la compra, para que los consumidores conozcan el precio final del producto o servicio.
La advertencia fue difundida en el contexto de las celebraciones por el Día de la Canción Criolla y Halloween, fechas en las que aumenta la actividad en locales de entretenimiento y establecimientos gastronómicos. La institución precisó que los negocios que no cumplan con esta obligación no pueden exigir el pago adicional y podrían recibir una amonestación o una multa de hasta 450 UIT, dependiendo de las circunstancias de cada caso.
El cobro de una comisión por utilizar una tarjeta de crédito no constituye una práctica prohibida. Sin embargo, los establecimientos deben comunicar con anticipación que existe un monto adicional y especificar de forma comprensible las condiciones aplicables según el medio de pago elegido por el cliente.
Esta información debe estar disponible en un lugar visible y ser comunicada antes de que el consumidor realice el pago. De esa manera, quien acude a un restaurante, bar u otro negocio puede conocer si el uso de una tarjeta implica un incremento en el precio anunciado. No basta con informar sobre la comisión cuando la cuenta ya está por cancelarse o después de concretar la operación.

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