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Indecopi declara ilegales restricciones a la venta de bebidas alcohólicas en estos seis distritos de Lima

Las ordenanzas que limitaban el horario de venta de alcohol en distritos de Lima Metropolitana quedaron sin efecto tras la decisión del Indecopi en última instancia administrativa.

Indecopi anula restricciones horarias de venta de alcohol en distritos de Lima Metropolitana
Indecopi anula restricciones horarias de venta de alcohol en distritos de Lima Metropolitana | Composición LR/Andina

El Indecopi confirmó que la regulación de horarios para la venta de bebidas alcohólicas es una competencia exclusiva de las municipalidades provinciales. En ese sentido, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas determinó, en segunda y última instancia administrativa, que varias comunas distritales de Lima Metropolitana excedieron sus atribuciones al establecer restricciones horarias propias.

Con esta decisión, quedaron sin efecto las ordenanzas emitidas por las municipalidades de Villa El Salvador, San Luis, San Martín de Porres, San Juan de Miraflores, Rímac y Ate, las cuales limitaban el horario de venta o expendio de bebidas alcohólicas en bodegas, minimarkets y locales autorizados como restaurantes o bares.

Municipalidades distritales mantienen funciones de fiscalización

El Indecopi precisó que las municipalidades distritales conservan sus facultades de fiscalización, por lo que pueden supervisar el cumplimiento de las normas vigentes en los establecimientos, siempre que estas hayan sido emitidas por la autoridad competente, en este caso la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML).

Asimismo, recordó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N.° 28681, la facultad de establecer horarios para la comercialización de bebidas alcohólicas corresponde únicamente a las municipalidades provinciales. Por ello, los gobiernos distritales no pueden imponer este tipo de restricciones mediante ordenanzas propias.

Finalmente, la entidad dispuso la inaplicación de estas medidas con efectos generales, lo que implica que las restricciones ya no podrán ser exigidas a ningún establecimiento ni ciudadano en los seis distritos mencionados.

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