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Sociedad

Provías anula buena pro de puente Carrasquillo por conflictos de intereses en Piura

Provías Nacional anuló buena pro y ahora el caso está en manos del Tribunal del OSCE. Puente de 2.400 metros que cruzará el río Piura permitirá el traslado de 255.000 personas.

larepublica.pe
Así se vería el proyecto terminado. Puente Carrasquillo en Piura está valorizado en más de 400 millones de soles. Foto: difusión

El primer ministro Alberto Otárola anunció el destrabe de importantes megaproyectos para enfrentar los posibles embates del fenómeno El Niño; sin embargo, algunos proyectos importantes corren el riesgo de verse paralizados. Uno de ellos es la construcción del puente Carrasquillo y accesos, distrito de Morropón en Piura, valuado en 417 millones de soles.

Esta colosal infraestructura de 2.400 metros de longitud cruzará el río Piura y se ubicará en la vía nacional que conecta Carrasquillo con el empalme hacia Morropón (carretera PE-02C), que une dos carreteras nacionales.

Foto: Provías

La vía comprende un puente atirantado de 252 metros, dos viaductos que suman 298 metros, el acceso de la margen izquierda de 443.69 metros y el acceso de la margen derecha de 1406.31 metros, sumando un total de 2.400 metros, que facilitará el traslado de 255.000 personas de las comunidades La Huaquilla, La Toma, Chisca Blanca, Hacienda Pabur, Polvasal, entre otras.

Cabe anotar que el pase de los vehículos por el actual puente Carrasquillo se interrumpió en el 2019 por el incremento del caudal del río Piura. La estructura antigua tiene 321 metros de longitud y un carril.

Foto: Provías

Sin embargo, la obra podría no ejecutarse debido a que la buena pro de la licitación 01-2023-MTC/20, que fue ganada por el Consorcio Piura, fue anulada, pues en la etapa de firma de contrato presentó información inexacta con certificados de trabajo de dos profesionales que fueron observados por la Dirección de Puentes del MTC, que se pronunció declarando inválidos estos certificados.

El área de Logística del MTC, mediante memorándum 023 -2023-MTC/20.2.1, dice al CONSORCIO PIURA que, cuando el órgano encargado de las contrataciones (Provías Nacional), al momento de revisar la documentación, advierta que el postor adjudicado ha presentado como personal clave a profesionales que se encuentran prestando servicios como residente o supervisor en obras contratadas por la entidad que no cuentan con recepción, debe otorgar un plazo adicional para que el postor subsane dicha observación y añade que, “de no perfeccionarse el contrato por causa imputable al postor, este pierde automáticamente la buena pro”.

Foto: Provías

En este caso, el Consorcio Piura presentó los certificados de trabajo de los profesionales Miguel Pérez Preciado, ingeniero especialista en puentes, y Rocío Romero Mendieta, ingeniera especialista en planeamiento, en la obra 'Construcción del Puente Maranura y accesos', pero según la Dirección de Puentes de Provías Nacional, que es el área responsable de la ejecución y control de los contratos de obra correspondientes a puentes viales, en dicha obra no existieron estos cargos.

Esos datos fueron observados, pues la Ley de Contrataciones del Estado exige la verificación posterior ante la entidad contratante, que en el presente caso es la propia Provías Nacional, de todos los documentos que forman parte del proceso de selección hasta la firma del contrato, incluidos los certificados de trabajo de estos dos profesionales de los cuales se ha detectado inexactitud.

Foto: Provías

Previo a la firma del contrato, el área responsable de los puentes de Provías Nacional se negó a validar los certificados debido a que podría incurrir en responsabilidad penal si la Contraloría General de la República realiza una verificación tan sencilla, como es la de revisar si en ese contrato de obra existían esos cargos.

Ante ello, el Consorcio Piura (integrado por Tableros y Puentes S. A. sucursal Perú, y Rovella Carranza S. A. sucursal Perú) impugnó la pérdida de la buena pro, y para ello presentó una garantía de más de 1,4 millones de soles, por lo que el caso está ahora en manos del tribunal del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Según el informe 1506 - 2023-MTC/20.2.1 de Provías, debe tenerse en cuenta que, en diversas resoluciones emitidas por el Tribunal de Contrataciones del Estado se ha precisado que constituye un falseamiento de la realidad el hecho de que se haga referencia a “cargos” que no fueron requeridos durante la ejecución de un contrato público.

Al respecto, el Consorcio Piura informó, por medio de un comunicado, que el que la decisión final en torno a la buena pro deba ser adoptada por una sala del tribunal del OSCE se debe a un "tema de formalidad técnica de la información en uno de los requisitos, absolutamente subsanable". Asimismo, afirmaron que no cuentan con ninguna sanción por "faltas a las normas de contratación, ausencia de transparencia y mucho menos actos de corrupción".

El caso cobra relevancia debido a que en el norte del país se requiere la ejecución de obras con suma urgencia ante la llegada del fenómeno El Niño.