La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) anunció la extensión por 45 días más del Estado de Emergencia vigente en las jurisdicciones de Lima Metropolitana, el departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, que empezará a regir desde el viernes 16 de septiembre.
Según se establece en el Decreto Supremo Nº 116-2022-PCM, la medida tiene como finalidad mantener el estado de excepción ante el panorama actual de inseguridad ciudadana que se presenta en estas regiones, particularmente afectadas por esta problemática.
En este sentido se establece que el orden interno en las mencionadas localidades estará a cargo de la Policía Nacional del Perú; no obstante, su labor será apoyada por las Fuerzas Armadas. El sustento legal para esta disposición se encuentra en el Decreto Legislativo Nº 1186, el cual regula “el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional”, además de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE.
Dentro del documento estatal se estipula que mientras se mantenga vigente “quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9, 11, 12 y 24 literal f del artículo 2 de la Constitución Política del Perú”.
Por otro lado, se prevé que mientras se mantenga esta situación, los gobiernos locales y regionales de las zonas afectadas por la medida de urgencia participen activamente en las labores de apoyo al trabajo que realicen los efectivos de la PNP y las Fuerzas Armadas, todo dentro del marco normativo establecido en materia de seguridad ciudadana.