El Ministerio de Educación (Minedu) informó este domingo que, mediante la aprobación del documento con disposiciones para el retorno a las clases escolares presenciales para el próximo año, se puso como fecha de reanudación de ese tipo de sesiones entre el 1 y 14 de marzo.
No obstante, además de ello, el referido documento publicado recientemente en el diario oficial El Peruano, también menciona que los quioscos, las cafeterías y los comedores escolares no brindarán servicio alguno durante la emergencia sanitaria. Es decir, no estarán en el retorno a las aulas.
Asimismo, dicha norma señala que, en el caso de los centros educativos con residencia, se permitirá el uso de comedores, siempre que se respete el aforo, la distancia entre los comensales y una adecuada ventilación.
Por otro lado, entre esas disposiciones también se estableció que en los colegios de zonas rurales del país, cada estudiante consumirá los alimentos que lleve desde su hogar. El tiempo para degustar ello será una hora pedagógica. Durante ese tiempo el docente deberá cumplir la función de acompañamiento en un espacio abierto, en el que los escolares estén a dos metros de distancia entre ellos.
A propósito de esa distancia sanitaria entre personas, el Minedu dispuso que esta debe de ser de un metro durante las clases. Además de ello, las puertas y ventanas de las aulas deben estar abiertas a fin de asegurar una ventilación natural. No obstante, los colegios ubicados en zonas con climas fríos están excluidos de esta indicación.
El mencionado documento también fija que, en los colegios ubicados en zonas urbanas, las clases presenciales tendrán un máximo de cuatro horas cronológicas diarias, mientras que en los de ámbitos rurales, el horario será el regular.