Noticias de Lambayeque | La precandidatura de Miguel Ángel Bartra Grosso, exalcalde provincial de Chiclayo y distrital de Monsefú, al Congreso de la República en los comicios internos del Partido Acción Popular (AP), fue declarada improcedente.
En entrevista con La República, el integrante del Comité Departamental de AP en Lambayeque, José Solano Campoverde, señaló que la decisión de declarar improcedente la postulación de Miguel Bartra se debe a que presenta una sanción administrativa de cuando fue burgomaestre de la provincia de Chiclayo, lo cual infringe el reglamento del comité nacional de Acción Popular.
“El reglamento del comité nacional precisa que el precandidato del partido no debe presentar sanciones administrativas por alguna función pública desarrollada (anteriormente). Eso es básicamente la causal de la decisión que se ha tomado en el caso del señor (Miguel Ángel) Bartra. Sin embargo, él tiene la opción de apelar ante el comité nacional, para que su postulación sea nuevamente revisada”, expresó.
A través de un comunicado, el Comité Departamental de AP en Lambayeque informó las resoluciones emitidas respecto a las inscripciones de los precandidatos al Congreso para las Elecciones 2021.
Inscripción de precandidatos al Congreso. Foto: Acción Popular
Solano Campoverde afirmó que la calificación y evaluación de las inscripciones de las precandidaturas se realizó basándose en ley que establece la paridad y alternancia en las listas de candidatos en las elecciones del país. La lista de candidatos de AP está compuesta por el mismo número de hombres y mujeres de manera intercalada.
En esa línea, agregó que las elecciones internas en Acción Popular se realizarán a fin del mes de noviembre, considerando el estado de inadmisible que recibieron algunos precandidatos en el proceso de inscripción.
Fuentes confiable de este diario indicaron que Miguel Ángel Bartra presentó ante el comité Departamental de Lambayeque su recurso de apelación contra la improcedencia de su precandidatura.
A continuación del documento al que accedió La República respecto a la resolución n.°002-2020 de Acción Popular.