Coronavirus en Perú. A mediados de junio, La República informó sobre el estado de cuatro contrataciones directas realizadas por el Hospital Regional Lambayeque (HRL), cuyos expedientes quedaron sin la aprobación del Consejo Regional, lo que podría ocasionar un desabastecimiento en plena emergencia sanitaria por la COVID-19.
Mediante oficio n.° 001734-2020, la Dirección del HRL pidió la intervención de la Defensoría del Pueblo quien, tras asumir el caso, dio cinco días al Colegiado para informar sobre los motivos técnico-legales que sustentaron su decisión.
En lo que va de la pandemia, el hospital remitió al pleno del Consejo doce expedientes; de los cuales ocho fueron aprobados, pero los cuatro restantes recibieron votos en abstención. Estas contrataciones suman un monto total de S/2′249,718.
Contrataciones directas que no recibieron la aprobación del Consejo Regional de Lambayeque.
El consejero delegado, Óscar Carpena Recoba, explicó que dicha decisión se tomó porque los expedientes ingresaban al límite del plazo que establece la Ley (Decreto de Urgencia. n.° 025-2020), pero también porque la documentación presentaba deficiencias técnicas donde incluso pudieron advertir presuntas sobrevaloraciones.
“Nos han enviado la documentación el mismo día que vencía el plazo, la información que nos daban no era la correcta, no sabían sobre el tema, había costos que no estaban de acuerdo al mercado, por ende estamos en la facultad de abstenernos”, precisó.
Por su parte, el director del HRL, Omar Tineo Carrasco, señaló que debido a esto no se ha podido concluir con la regularización de las contrataciones directas, tampoco se ha efectuado el pago a los proveedores, lo que “podría generar una posible suspensión del servicio de inhumación de cadáveres COVID-19 y la suspensión de la entrega de equipos de protección personal”.
Frente a esta situación, a través del oficio n.° 240-2020-DP, el jefe de la Oficina Defensorial de Lambayeque, Julio Hidalgo Reyes, pidió al Consejo informar los motivos técnicos-legales “por los cuales no aprueban las contrataciones antes mencionadas, precisando el sustento de las abstenciones y adjuntando la documentación respectiva”.