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Presentan proyecto de ley de amnistía para Pedro Castillo y procesados por protestas desde 2021

La diputada de Juntos por el Perú Catherin Palomino es la autora de la iniciativa, que extingue la condena de 11 años por el mensaje del 7 de diciembre de 2022. Castillo seguiría preso por otra prisión preventiva.

Presentan proyecto de ley de amnistía para Pedro Castillo y procesados por protestas desde 2021
Presentan proyecto de ley de amnistía para Pedro Castillo y procesados por protestas desde 2021 | Difusión

El proyecto de ley 00719-2026-2031-CD busca conceder amnistía por los hechos vinculados al mensaje a la Nación de Pedro Castillo del 7 de diciembre de 2022 y por las protestas ocurridas desde el 28 de julio de 2021 hasta un día antes de la entrada en vigencia de la norma. La amnistía extingue la acción penal y la pena, incluso si la sentencia no es firme.

La autora es Catherin Palomino de la bancada de Juntos por el Perú y presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos a la que el propio proyecto ordena enviar la relación de resoluciones que se emitan al aplicar la amnistía.

El PL sostiene que el Estado mantiene una persecución penal de naturaleza política contra dos grupos, quienes participaron en el mensaje de Castillo y los ciudadanos procesados por las protestas, en su mayoría campesinos, indígenas, estudiantes, transportistas y dirigentes sociales del sur andino.

Cabe mencionar que Castillo fue condenado en primera instancia a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión por conspiración para la rebelión, por el mensaje con el que intentó disolver el Congreso. Está privado de libertad desde el 7 de diciembre de 2022 en el penal de Barbadillo, en Ate.

La misma sentencia condenó a Betssy Chávez y a Willy Huerta a igual pena, y a Aníbal Torres a 6 años y 8 meses. Chávez está asilada en México. A Huerta y Torres se les suspendió la ejecución de la pena hasta la revisión en segunda instancia.

Protestas y exclusiones

El segundo grupo de beneficiarios son los denunciados, investigados, procesados o condenados por las protestas. La amnistía cubre disturbios, entorpecimiento de servicios públicos, violencia y resistencia a la autoridad sin lesiones graves, daños, usurpación de vías o locales, extorsión sin fin de lucro por tomas o bloqueos, apología y organización criminal cuando se sustente en convocar o financiar la protesta con recursos lícitos.

En el anexo se menciona a cuatro comuneros de Cuyo Grande (Cusco), presos desde el 31 de enero de 2023 con penas de entre seis y siete años por lanzar piedras a un ómnibus.

Quedan excluidos los hechos que causaron muertes o lesiones graves dolosas, los de violencia sexual, secuestro, tortura y trata, el uso de armas de fuego o explosivos, el narcotráfico, la minería ilegal y los delitos de funcionarios.

También quedan fuera los cometidos por policías, militares y funcionarios en el uso de la fuerza o en operativos de orden público. El artículo 14 señala que la ley no limita las investigaciones por las muertes en las protestas.

La norma extingue además las pretensiones de reparación civil cuyo único titular sea el Estado, entre ellas los S/12 millones fijados en la sentencia contra Castillo, Chávez, Torres y Huerta. La reparación a terceros agraviados se mantiene. Los autores sustentan el proyecto en la Opinión 78/2025 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, que consideró arbitraria la privación de libertad de Castillo.

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