
La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó dos dictámenes para derogar las denominadas leyes procrimen. El primero plantea dejar sin efecto la Ley Soto, que modificó los plazos de suspensión de la prescripción penal. El segundo propone cambiar las reglas de extinción de dominio, un mecanismo que permite al Estado recuperar bienes vinculados con actividades ilícitas.
El dictamen sobre la Ley Soto obtuvo 12 votos a favor y 6 en contra. La propuesta plantea modificar el Código Penal y el Código Procesal Penal, además de derogar la Ley 32104, que ratificó las disposiciones cuestionadas sobre la prescripción de delitos.
La reforma busca revertir una regla que limita a un año la suspensión del plazo de prescripción de la acción penal. Sus promotores sostienen que esta disposición puede favorecer que determinados procesos terminen sin una sentencia. La discusión también comprende los límites de tiempo para investigar y juzgar delitos, así como las demoras del sistema de justicia.
El segundo dictamen obtuvo 11 votos a favor, 8 en contra y una abstención. La iniciativa plantea modificar el Decreto Legislativo 1373 y revertir restricciones incorporadas por la Ley 32326, que condicionó la extinción de dominio, como regla general, a la existencia de una sentencia penal firme o un laudo. Con el cambio, se busca que la recuperación de bienes de origen ilícito no dependa necesariamente de la conclusión previa de otro proceso.
Las dos propuestas fueron aprobadas por la comisión que preside Catherin Palomino, de Juntos por el Perú. Sin embargo, los dictámenes aún deben debatirse en el Pleno de la Cámara de Diputados.
La Ley Soto, identificada como Ley 31751, estableció un límite de un año para la suspensión del plazo de prescripción de la acción penal. La nueva propuesta plantea modificar esa regla y establecer un límite equivalente al plazo ordinario de prescripción del delito más la mitad de ese periodo.
También propone derogar la Ley 32104, que ratificó las disposiciones cuestionadas. Sus promotores sostienen que los cambios permitirían evitar que determinados procesos terminen por el vencimiento de los plazos legales.
En el caso de la extinción de dominio, el dictamen busca revertir las restricciones introducidas por la Ley 32326. Esa norma condicionó, como regla general, la procedencia de este mecanismo a la existencia de una sentencia penal firme o un laudo.
La reforma propone restablecer la independencia del procedimiento para que la recuperación de bienes vinculados con actividades ilícitas no dependa necesariamente de la conclusión de otro juicio.
El dictamen también contempla garantías para las personas que adquirieron bienes de forma legal y sin conocer su posible procedencia ilícita. Además, plantea mecanismos de revisión judicial y medidas para evitar procedimientos duplicados.

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