
Se decide el futuro de la candidatura de Patricia Chirinos. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) evaluará este miércoles 28 de enero la apelación que presentó Renovación Popular contra la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) del Callao, que excluía a la actual congresista de la contienda electoral.
El 17 de este mes, el ente electoral declaró improcedente la postulación de Chirinos porque, según mencionaron, no había sido elegida en las elecciones internas y fue designada incorrectamente para ser la candidata a la Cámara de Senadores del Callao en las Elecciones 2026. En ese sentido, declararon improcedente la solicitud de inscripción porque el plazo para colocar a un reemplazo venció el 23 de enero y dicha observación es insubsanable".
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El partido apeló dicha decisión y ahora será el JNE el encargado de tomar la decisión final este miércoles a las 11 de la mañana.
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De acuerdo con la Resolución 00148-2026-JEE-CALL/JNE, Renovación Popular designó de manera directa a Chirinos como candidata al Senado por el Callao. Sin embargo, el JEE aseguró que esto no le correspondía a la organización política porque para esa circunscripción no resultaba aplicable.
Asimismo, indica el ente electoral, el partido de Rafael López Aliaga no cumplió con presentar la lista completa de candidatos al Senado porque Chirinos no fue elegida mediante las elecciones primarias.
"(…) mientras que el otro de los candidatos ha sido elegido mediante designación directa (Patricia Rosa Chirinos Venegas), contraviniendo las normas de democracia interna electoral. Por lo que se enmarca en lo estipulado en el numeral 36.4, literales a) y c) del Reglamento", se lee en el documento.
Además, el JEE señaló que el partido ya no puede poner a un reemplazante porque el plazo límite fue el 23 de diciembre del año pasado. Por ese motivo, se declaró insubsanable la postulación de Chirinos.
Decisión del JEE Callao de declarar improcedente la candidatura de Chirinos al Senado.
En el documento de apelación, Renovación Popular recordó el artículo 24-B de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), en la que se establecen los requisitos para la designación de candidatos. En ese contexto, el partido señaló que se encontraría dentro del marco legal la designación de Chirinos al Senado porque se puede tener hasta a 17 personas asignadas de manera directa a la Cámara de Senadores o Diputados.
Además, la organización política resaltó que mediante un acta de sesión extraordinaria se estableció expresamente que el Callao sí contaba con una candidata designada, como es el caso de Chirinos. Esta explicación se dio porque, según el partido, el JEE indicó que no se presentaron candidatos para tal circunscripción.
En esa misma línea, se resaltó que, ante la ONPE, se dejó un espacio vacío en la candidatura del Callao porque estaba reservada para Chirinos.

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