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Política

JNJ presenta proyecto de ley para que el Poder Judicial no intervenga en sus sanciones y nombramientos

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) busca modificar el artículo 142 de la Constitución Política en la que impide al Poder Judicial revisar sus nombramientos, evaluaciones, ratificaciones y sanciones a jueces y fiscales. Esta propuesta se da luego de que el Noveno Juzgado Constitucional le otorgó una medida cautelar a Delia Espinoza para regresar como fiscal de la Nación. Por otro lado, la JNJ también afronta una demanda competencial contra el PJ.

Junta Nacional de Justicia, Poder Judicial
Proyecto de ley de la JNJ busca modificar la Constitución Política. Foto: Composición/LR

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) presentó un proyecto de ley al Congreso en la que busca que el Poder Judicial no intervenga en sus decisiones de nombramientos, sanciones, ratificaciones y evaluaciones contra jueces y fiscales.

La propuesta de la JNJ se da luego de que el Noveno Juzgado Constitucional le otorgó una medida cautelar a Delia Espinoza tras haber sido suspendida por 6 meses por la JNJ por no reponer a Patricia Benavides como fiscal de la Nación para regresar a su cargo como titular del Ministerio Público.

De esta manera, la JNJ propone modificar el artículo 142 de la Constitución Política, en la que intenta ponerse al mismo nivel del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), institución a la que el sistema judicial no puede revisar sus resoluciones en materia electoral. Asimismo, la iniciativa pretende fijar las competencias de los jueces constitucionales en los casos antes mencionados, conforme a lo establecido en el artículo 42 del Nuevo Código Procesal Constitucional.

Sin embargo, la JNJ propuso que el Poder Judicial solo pueda interferir en sus resoluciones cuando un juez o fiscal presente una acción de amparo si considera que se vulneraron sus derechos humanos.

JNJ contra el Poder Judicial

Con este proyecto de ley, ya son dos los intentos de la JNJ por impedir que el Poder Judicial interfiera en sus competencias. En noviembre pasado, en medio de los vaivenes por el retorno de Espinoza Valenzuela a la Fiscalía y luego de que el PJ le otorgara dos días —en distintos momentos— para cumplir con su reposición, la JNJ presentó una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional con el objetivo de frenar dicha decisión judicial.

En el escrito presentado ante el TC, la JNJ alegó un presunto “menoscabo de atribuciones” por parte del PJ, al haber otorgado una medida cautelar a favor de Espinoza, con lo cual se suspendía la ejecución de la sanción temporal.

Precisamente, ese es el mismo argumento que la JNJ utiliza para sustentar su proyecto de ley ante el Congreso. Según indicó la institución, la intervención del órgano judicial “afecta la seguridad jurídica, menoscaba la independencia funcional que la Constitución quiso garantizar a la JNJ” y provoca que “el sistema pierda coherencia estructural”.

"La interferencia judicial en las decisiones de la Junta Nacional de Justicia, además, produce un efecto de fragmentación del control disciplinario, pues a través de medidas cautelares, se suspenden sanciones de destitución o suspensión, generando la reposición provisional de magistrados cuya conducta fue declarada incompatible con la función judicial o fiscal", se lee en el documento.

Otras razones de la JNJ en su proyecto de ley

La JNJ también sustentó su propuesta al indicar que la "proliferación de recursos judiciales" contra la institución "genera una demora sistemática en la ejecución de sanciones y nombramientos". Según indicó la entidad, esto afecta la administración de justicia.

"(…) mientras se tramitan medidas judiciales, se mantienen vacantes importantes en las cortes o fiscalías, o permanecen en funciones jueces y fiscales sancionados por faltas graves", se menciona en el documento.

Propuesta de la JNJ significaría un retorno a la década de los 90

Desde la creación del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), antecesor de la Junta Nacional de Justicia, 1993, la institución tenía esa restricción que hoy se planea volver a imponer: los jueces no podían recurrir al Poder Judicial contra sus decisiones por destitución ni ratificación.

Sin embargo, ante reclamos de los jueces que llegaron hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se anuló esa restricción.

La CIDH y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) señalaron que, al ser el CNM instancia única, las decisiones de la entidad, hoy JNJ, podían afectar el derecho a la doble instancia, por eso se permitió recurrir sus decisiones ante la autoridad judicial, vía acción de amparo

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