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Política

Poder Judicial programa para este jueves audiencia de apelación contra la nulidad en caso Cócteles de Keiko Fujimori

El tribunal escuchará a la Fiscalía y a los abogados defensores, luego en un plazo de 20 días emitirá una decisión respecto al caso que involucra a Keiko Fujimori y a más de 30 vinculados a Fuerza Popular.

El Tercer Juzgado Penal Colegiado decidió anular el juicio y las audiencias públicas del caso Cócteles. Foto: Poder Judicial.
El Tercer Juzgado Penal Colegiado decidió anular el juicio y las audiencias públicas del caso Cócteles. Foto: Poder Judicial.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, integrada por los jueces Octavio César Sahuanay Calsín, Javier Santiago Sologuren Anchante y Edgar Francisco Medina Salas, programaron para este jueves 27 de marzo la audiencia de apelación presentada por el fiscal José Domingo Pérez contra la resolución que establece la nulidad del caso Cócteles de Keiko Fujimori y otros 32 investigados vinculados a Fuerza Popular.

Tras escuchar los argumentos presentados por la Fiscalía, la Procuraduría y los abogados defensores durante la audiencia de apelación, el tribunal dispondrá de un plazo de hasta 20 días para emitir su resolución. Es decir, para la tercera semana de abril se conocerá si el juicio del caso cócteles se reiniciará por completo o, como lo propone la fiscalía, si se reanudarán las audiencias y se convocará nuevamente a los testigos.

La postura de la fiscalía señala que la decisión del Tribunal Constitucional (TC) en el caso Cócteles se limitaba exclusivamente a José Chlimper Ackerman. En este sentido, en la audiencia van en busca que cada uno de los demás procesados que se sienta perjudicado recurra a la jurisdicción constitucional para que se reconozca la vulneración de sus derechos y se proceda a su exclusión de manera individual.

Sea cual sea la decisión de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional es posible que alguna de las partes que no esté conforme pueda interponer recurso de casación excepcional a la Corte Suprema, pero no se interrumpe la ejecución de lo que se resuelva luego del debate de mañana.

Poder Judicial programa audiencia para este jueves 27 de marzo.

Poder Judicial declaró nulo el juicio de caso Cócteles

El pasado 14 de diciembre, por mayoría, el Tercer Juzgado Penal Colegiado decidió anular el juicio y las audiencias públicas del caso cócteles de Keiko Fujirmori. El fallo alcanzó a todos los acusados tras la sentencia del Tribunal Constitucional a favor del empresario y dirigente de Fuerza Popular José Chlimper.

Los magistrados, al analizar la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), determinaron que la acusación presentada por la fiscalía y el auto de enjuiciamiento infringieron varios derechos fundamentales. Entre ellos, destacaron la violación del principio de congruencia procesal, así como el derecho de defensa, la necesidad de una imputación precisa, la adecuada motivación de las decisiones y el respeto al debido proceso.

La presidenta del Juzgado Colegiado y directora de debates, Mercedes Caballero García, anunció en audiencia pública la anulación del juicio, decisión respaldada por el voto coincidente y ampliado de su colega Max Vengoa Valdiglesias. Sin embargo, la jueza Nayko Coronado expresó su desacuerdo, abogando por la continuación del proceso judicial.

Mercedes Caballero señaló que la aparición de una "acusación sorpresiva" constituye un vicio procesal significativo, lo que limita a los investigados en el ejercicio oportuno y efectivo de su derecho a la defensa. "No se puede comparar la defensa en un proceso judicial cuando el imputado no tiene conocimiento de las razones que sustentan la acusación", afirmó.

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