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Política

Pedro Castillo buscaría acogerse a ley aprobada por el Congreso para archivar investigación en su contra por presunta organización criminal

La defensa del expresidente Pedro Castillo busca archivar la investigación en su contra amparándose de la ley 32108. La solicitud será evaluada el 12 de febrero por el juez Juan Carlos Checkley.

La Ley 32108 sería la herramienta jurídica que usaría Castillo para archivar una denuncia en su contra
La Ley 32108 sería la herramienta jurídica que usaría Castillo para archivar una denuncia en su contra | Composición: LR.

La defensa del expresidente Pedro Castillo, quien se encuentra recluido en el Penal de Barbadillo cumpliendo una pena de 36 meses de prisión preventiva, tendría una nueva estrategia para archivar la investigación en su contra por presuntamente haber liderado una organización criminal durante su gobierno. Se trata de la ley 32108, aprobada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo, encabezado por Dina Boluarte. Esta norma introdujo una nueva tipificación del delito y una definición para que una agrupación delictiva sea considerada como organización criminal.

La solicitud, que será evaluada este 12 de febrero por el juez Juan Carlos Checkley en representación del Poder Judicial, pretende archivar la investigación contra Castillo, a quien se sospecha que lideró una organización criminal en ámbitos estratégicos del Estado, como el Ministerio de Transportes, el Ministerio de Vivienda y Petroperú. Según la tesis fiscal, Castillo habría utilizado su influencia para propiciar actos corruptos mediante la manipulación en la asignación de proyectos y concesiones estatales.

Ley 32108: el nuevo argumento de la defensa de Pedro Castillo

La ley 32108 sería la herramienta legal que archivaría la investigación contra Castillo por una presunta red criminal orquestada por el expresidente. Esta ley, promulgada a inicios de agosto de 2024 por el Congreso, introdujo una nueva tipificación del delito y una definición para que una agrupación delictiva sea considerada como organización criminal.

"Se considera organización criminal a todo grupo con una estructura compleja y una elevada capacidad operativa, compuesto por tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido, que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles correlacionados entre sí", se lee en la legislación promulgada.

Asimismo, la ley especifica cuáles son los delitos que se engloban en la tipificación de organización criminal: "Para la comisión de delitos de extorsión, secuestro, sicariato y otros delitos sancionados con pena privativa de libertad igual o superior a cinco años en su extremo mínimo", señala. De esta manera, los delitos por los que se acusa a Castillo —colusión simple y tráfico de influencias agravado—, al no alcanzar el mínimo indispensable (sus penas son de 3 a 6 años y de 4 a 8 años, respectivamente), no se considerarían como causales para tipificarlo como organización criminal.

Un nuevo revés para Castillo

No todo es positivo para el expresidente. El Tribunal Constitucional rechazó el habeas corpus presentado a favor de Pedro Castillo, argumentando que no se había vulnerado su derecho a la libertad personal. La solicitud, ingresada el 10 de diciembre de 2022 por Rocío Margot Calderón Contreras, sostenía que la detención de Castillo se realizó de forma arbitraria, al no contar con un mandato judicial escrito ni haberse producido en situaciones de flagrancia.

El recurso pedía la liberación inmediata del exmandatario, quien fue trasladado a una comisaría en la avenida España en el marco de una investigación por rebelión y conspiración. Calderón Contreras afirmó que no se cumplieron los requisitos legales para detenerlo, llegando incluso a calificar el hecho como un “secuestro”, ya que fue conducido a la sede policial sin las garantías pertinentes. Es importante señalar que una petición similar, interpuesta el 9 de diciembre de 2022 con los mismos argumentos y por los mismos actores, ya había sido desestimada por el Poder Judicial.

Al examinar la parte de la demanda que involucraba a altos mandos de la Marina de Guerra, de la Fuerza Aérea del Perú, del Ejército y del exministro de Defensa Emilio Bobbio, el tribunal concluyó que no se aportaron pruebas suficientes para justificar la restricción de la libertad de Castillo. Además, se constató que la incertidumbre respecto a su paradero había finalizado, pues el expresidente se encontraba en las instalaciones de la Diroes. Con esta resolución, Pedro Castillo continuará en el penal de Barbadillo mientras enfrenta cargos por rebelión, abuso de autoridad y perturbación del orden público, siendo este el sexto recurso presentado ante el Tribunal Constitucional con fines similares, todos rechazados.

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