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Política

Ley de extinción de dominio: Tribunal Constitucional admite demanda de inconstitucionalidad presentada por Josué Gutiérrez

 La demanda fue presentada el último 2 de agosto en contra diversos artículos de dicha norma al considerar que "rebasa los estándares constitucionales de nuestro sistema jurídico".

larepublica.pe
Josué Gutiérrez presentó la demanda y ocasionó el rechazo del Minjus. Foto: composiciónLR/difusión

El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Defensoría del Pueblo, bajo la dirección de Josué Gutiérrez. La demanda fue presentada el último 2 de agosto en contra diversos artículos de dicha norma al considerar que "rebasa los estándares constitucionales de nuestro sistema jurídico, vulnerando además el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica".

La referida norma fue promulgada el 4 de agosto de 2018, por lo que el plazo para cuestionar la constitucionalidad de la misma ante el TC vencía el 4 de agosto de 2024. Sin embargo, dos días antes de dicha fecha, el viernes 2 de agosto, Gutiérrez ingresó la demanda de inconstitucionalidad, la cual más de dos meses después fue admitida por el TC.

De acuerdo con el documento, el defensor del Pueblo considera que con dicha ley se vulneran el derecho de propiedad y los principios de tipicidad, presunción de inocencia, irretroactividad de la ley y seguridad jurídica.

Específicamente, Gutiérrez busca que se declare la inconstitucionalidad de los numerales 2.1, 2.3, 2.4, 2.5, 2.9, 3.10 del artículo II del Título Preliminar y los artículos 7.1.b, 7.1.f, 31.2, 32, 34 y 44 de la norma.

Minjus en contra de la demanda presentada por Josué Gutiérrez

Su demanda, causó la crítica desde varios sectores y especialistas. Tal fue el caso del Ministerio de Justicia, cartera que expresó su preocupación y llamó a la reflexión para que la Defensoría del Pueblo vele por el derecho de los ciudadanos.

"Desde el MINJUSDH expresamos nuestra preocupación por la demanda presentada por la Defensoría del Pueblo y hacemos un Ilamado a la reflexión para que dicho Organismo Constitucional vele preferentemente por los derechos de la ciudadanía sobre otros intereses evidenciados en la objeción sobre la viabilidad de esta importante figura", publicó en X.

Asimismo, el Ministerio indica que esta eliminación de dicho decreto atentaría directamente contra el Poder Judicial, Policía Nacional y Procuraduría Públicas, ya que son parte del Subsistema de Extinción de Dominio, así como del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi).

En esa misma línea, comparte que gracias a estos procesos de extinción de dominio, el Estado ha podido recuperar "más de S/250 millones en activos, bienes o ganancias, producto de actividades ilícitas vinculadas al crimen organizado.

Josué Gutiérrez, defensor del Pueblo. Foto: difusión

"Exhortamos al Defensor del Pueblo que en el ejercicio de sus funciones priorice y defienda los intereses de la ciudadanía, ya que la eliminación de la extinción de dominio afectaría todo lo avanzado en el marco de la lucha contra la criminalidad y delitos graves".

El juez supremo Manuel Luján Túpez, presidente de la Mesa de Trabajo del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, afirmó que la referida Ley no es una invención exclusiva de nuestro país, sino que es un mandato ordenado por convenios internacionales como las convenciones de Viena, Palermo y Mérida.

"De prosperar la demanda presentada por el defensor del Pueblo, sería un grave retroceso en la lucha contra la criminalidad en todas sus formas y en los esfuerzos desplegados por el Estado para terminar con el elevado nivel de informalidad económica que existe en nuestro país", afirmó la Junta de Fiscales Supremos.