Cargando...
Política

¿Qué significa moción de vacancia presidencial?

La oposición parlamentaria ha propuesto, en estos ocho meses de gobierno, la vacancia presidencial en dos ocasiones. Avanza País y Renovación Popular han sido los autores.

larepublica.pe
Integrantes de la Mesa Directiva del Congreso (Lady Camones, María del Carmen Alva y Lady Camones) en compañía del jefe de Estado peruano, Pedro Castillo. Foto: Presidencia.

El presidente Pedro Castillo asumió sus labores como mandatario el 28 de julio de 2021 y desde entonces ha nombrado a cuatro gabinetes ministeriales y ha sido acusado por liderar una presunta organización criminal enquistada en la cartera de Transportes. La oposición parlamentaria, encabezada por Fuerza Popular y grupos afines, ha propuesto en dos ocasiones la figura —como en mandatos anteriores— de moción de vacancia presidencial.

Entes supranacionales como la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) mostraron su preocupación por su aplicación reiterada. “La vacancia presidencial por incapacidad moral permanente carece de definición objetiva y la misma tampoco ha sido interpretada por el Tribunal Constitucional de Perú, lo cual puede afectar la separación e independencia de los poderes públicos”, señaló la CIDH en un comunicado.

Definición de vacancia presidencial

La vacancia presidencial es el mecanismo por el que el jefe de Estado, electo en un principio para un periodo de cinco años, queda privado de seguir ejerciendo su cargo. El artículo 113 de la Constitución señala los casos en que se puede aplicar la figura:

  • Muerte del presidente de la República
  • Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso
  • Aceptación de su renuncia por el Congreso
  • Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.

Además, se menciona que la causa de “destitución” se da por infringir el artículo 117 de la carta magna. El presidente “solo puede ser acusado, durante su período”, en los siguientes escenarios:

  • Traición a la patria
  • Impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales
  • Disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución
  • Impedir reunión o funcionamiento del Congreso o de los organismos del sistema electoral, como el Jurado Nacional de Elecciones.

¿Qué dice la ley y los especialistas sobre la “incapacidad moral o física”?

La Constitución no explica en qué consiste la “incapacidad moral o física” del presidente, aunque esté señalada en el artículo 113. La interpretación de esta causal de vacancia presidencial queda, entonces, en manos del Congreso.

De acuerdo con una publicación del constitucionalista Abraham García Chávarri en la web del Instituto de Democracia y Derechos Humanos (Idehpucp) de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) titulado “Tres maneras de conceptualizar la figura de la permanente incapacidad moral del presidente de la República como causal de vacancia en el cargo”, existe un trío de formas para definirla.

En primer término estaría relacionada con “un sentido restringido moral, vinculado con aquellas conductas reprochables éticamente de tal gravedad y flagrancia que hagan resultar manifiestamente imposible que el presidente de la República siga en el cargo”.

De igual forma, se podría interpretar como la permanente incapacidad mental del jefe de Estado, tal y como se entendía en la carta magna de 1839, donde aparece por primera vez el término. Finalmente, cabe una interpretación literal de la causal de vacancia.

Marianella Ledesma, expresidenta del Tribunal Constitucional, dijo en una entrevista que la incapacidad moral permanente es una “fórmula bastante abierta e indeterminada”. “Lo ideal hubiera sido que el TC le diera un contenido interpretándola, diciendo que tal vez es un tema de debilidad mental, un tema de conducta que ya no permite, que genera tanto cuestionamiento que ya no puede seguir al mando del país”, añadió Ledesma en conversación con Exitosa el 22 de diciembre de 2021.

¿Cuántos votos se deben alcanzar para hacer fáctica la vacancia presidencial?

Para remover a Pedro Castillo de su cargo, se requiere una votación calificada no menor a los dos tercios del número legal de miembros del Congreso. Es decir, para vacar a un presidente se necesitan actualmente 87 votos.

A lo largo de la historia del Perú, cuatro presidentes fueron removidos con la figura de la vacancia. El primero fue José de la Riva Agüero en 1823. Siguió Guillermo Billinghurst en 1914, acusado de negarse a convocar una legislatura extraordinaria para aprobar el presupuesto público. Los más recientes son Alberto Fujimori (2000), luego sentenciado por corrupción y matanzas; y Martín Vizcarra, separado del cargo en 2020.