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Política

Piden a Pedro Castillo que promulgue ley que pone límites al referéndum

Movimiento ciudadano Integridad recordó al presidente de la República, Pedro Castillo, que, en su mensaje a la nación el 28 de julio, precisó que el único mecanismo para reformar la Constitución es por medio del Congreso.

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Mandatario participó en la graduación de oficiales de la Escuela Militar de Chorrillos. Foto: Presidencia de la República

En una carta abierta, el movimiento ciudadano Integridad solicitó al presidente de la República, Pedro Castillo, que promulgara la ley que precisa que las reformas constitucionales deberán ser aprobadas por el Congreso previo a ser sometidas a un referéndum.

“Solicitamos respetuosamente a usted que, honrando sus propias declaraciones, proceda a promulgar la ley que ha sido remitida a su despacho, demostrando ante el Perú que la ‘palabra de maestro’ tiene un valor inquebrantable, y que es respetuosa de la Constitución vigente”, se lee en la carta del grupo fundado por el abogado Jorge Lazarte.

En la misiva se recuerda lo expresado por Castillo Terrones durante su mensaje a la nación del 28 de julio en su toma de mando. Allí, el actual mandatario señaló que el único mecanismo para reformar la Constitución es por medio del Congreso y que el presidente no tiene facultades para convocar a referéndum de reforma constitucional.

“El Congreso ha aprobado el proyecto de ley 644-2021-CR, cuya autógrafa de ley ha sido recibida en su despacho el 17 de diciembre del 2021, a las 9:31 horas, que recoge exactamente lo dicho por usted en su mensaje a la nación, y deja en claro que no es posible convocar a un referéndum de reforma constitucional, sin aprobación previa del Congreso”, indican.

Congreso se opone a reformas constitucionales mediante referéndum

El Congreso de la República aprobó este jueves 16 de diciembre, con 76 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones, el texto sustitutorio de la Comisión de Constitución que preside la parlamentaria de Fuerza Popular Patricia Juárez, el cual establece que toda reforma constitucional será aprobada primero por el Parlamento antes de someterse a un referéndum.

Dicho dictamen fue exonerado en segunda votación con 78 votos a favor, 41 en contra y tres en abstención, por lo que fue ratificado y listo para ser enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

De esta manera, establece la modificación del artículo 40 de la Ley 26300, Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano, a fin de que no se puedan convocar a una consulta popular normas “que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución”.

Este apartado de la Carta Magna sostiene que “toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros” y ratificada mediante referéndum o en una segunda legislatura consecutiva.