El Poder Judicial ordenó al Congreso de la República suspender de manera provisional la selección de miembros del Tribunal Constitucional (TC), programada para el pleno de este miércoles 7 y jueves 8 de julio, respectivamente.
Por medio del expediente n.° 02425-2021-42-1801-JR-DC-03, el Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima admitió el recurso legal presentado por el abogado Walter Ayala Gonzales con el fin de suspender las sesiones donde se iba a decidir la elección de los seis integrantes del máximo órgano constitucional.
En efecto, de acuerdo con la demanda presentada, existe “una vulneración al derecho de tener una justicia justa y transparente en el sistema constitucional del país”, ya que la Comisión Especial para elegir a los próximos integrantes del TC estaría “deslegitimada” desde el 14 de noviembre del año pasado.
El pedido también señala que se actuó de manera contraria al reglamento para la elección del nuevo TC. Además, se sostiene que “existe conflicto de intereses porque de las preguntas que se hacen a los postulantes se advierte que están buscando candidatos con perfiles de acuerdo a sus intereses partidarios”.
En consecuencia, la jueza Soledad Blácido Báez dispuso que se suspenda la elección de los nuevos magistrados “hasta que el presente proceso pueda ser resuelto mediante un pronunciamiento sobre el fondo del asunto”.
“La suspensión provisional de dicho procedimiento resulta siendo una medida adecuada y razonable a fin de evitar los peligros precisados en el considerando precedente, esto en vista que la suspensión permita brinda tiempo suficiente a la judicatura para afectos de llevar a cabo un análisis más profundo”, expresa la resolución.
De acuerdo con Ayala, existiría “una falta de legitimidad de los señores congresistas” que, luego de hacer pública su decisión de dejar la selección de miembros del TC para el siguiente Congreso, ahora quieren hacerlo acortando los plazos del calendario.
Finalmente, el Poder Judicial determinó que esta suspensión provisional “permite garantizar con plenitud la efectividad del fallo que pudiera emitirse, así como también permite garantizar el funcionamiento pleno del Tribunal Constitucional”.
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