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Economía

Migrantes peruanos que regresen del extranjero podrán ingresar bienes por hasta US$450.000 sin pagar tributos hasta 2029

La ley aprobada por el Congreso y promulgada por el Gobierno este viernes extendió hasta el 31 de diciembre de 2029 los beneficios tributarios para los peruanos que decidan retornar definitivamente al país tras haber residido en el extranjero.

El Gobierno promulgó una ley que extiende hasta el 31 de diciembre de 2029 los beneficios tributarios para los peruanos que decidan regresar al país tras haber residido en el extranjero.
El Gobierno promulgó una ley que extiende hasta el 31 de diciembre de 2029 los beneficios tributarios para los peruanos que decidan regresar al país tras haber residido en el extranjero. | Composición LR/ Difusión

El Gobierno promulgó una ley que extiende hasta el 31 de diciembre de 2029 los beneficios tributarios para los peruanos que decidan regresar al país tras haber residido en el extranjero. Esta norma mantiene vigente el régimen de exoneraciones previsto en la Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, cuyo objetivo es facilitar el retorno de los connacionales y reducir los costos de volver a establecerse en el país.

En la práctica, quienes cumplan los requisitos podrán ingresar determinados bienes sin pagar los tributos de importación; es decir, los impuestos que normalmente gravan el ingreso de mercancías provenientes del exterior.

¿Qué bienes pueden ingresar sin pagar impuestos?

La ley permite importar bienes valorizados en conjunto hasta US$ 450.000, distribuidos en tres categorías. El beneficio comprende, en primer lugar, el ingreso de menaje de casa, como muebles, electrodomésticos y otros artículos de uso doméstico, por un valor de hasta US$ 50.000.

Asimismo, los migrantes retornados podrán importar un vehículo valorizado hasta en US$50.000, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa.

La mayor exoneración está destinada a quienes buscan emprender o reanudar una actividad económica en el país. En ese caso, podrán ingresar maquinaria, equipos, herramientas y otros bienes de capital por un valor de hasta US$350.000. Este último concepto hace referencia a los bienes utilizados para producir otros bienes o prestar servicios, como maquinaria industrial, equipos especializados o instrumentos de trabajo.

En total, el valor máximo de los bienes que pueden acogerse al beneficio asciende a US$ 450.000. Cabe precisar que la ley no crea nuevas exoneraciones, sino que prorroga un régimen que estaba próximo a vencer, garantizando su continuidad hasta fines de 2029. La norma entrará en vigencia el 14 de julio de 2026.

Prórroga busca facilitar el retorno de peruanos y promover nuevos emprendimientos

El propósito de este régimen es reducir las dificultades económicas que enfrentan muchos peruanos cuando deciden regresar definitivamente al Perú después de varios años de residencia en el extranjero.

Al eliminar el pago de determinados tributos de importación, la norma facilita el traslado del patrimonio familiar y, al mismo tiempo, incentiva que quienes vuelvan puedan instalar un negocio o retomar su actividad profesional con menores costos iniciales.

Además de aliviar la carga tributaria, la prórroga ofrece mayor seguridad a quienes tienen previsto retornar en los próximos años, ya que asegura que estos beneficios seguirán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2029.

Para acceder a las exoneraciones, los interesados deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado y realizar el procedimiento correspondiente ante las autoridades competentes.

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