
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso nuevas obligaciones para las personas inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), entre ellas el registro y validación del correo electrónico y del número de teléfono celular como datos de contacto. La medida busca fortalecer la comunicación con los contribuyentes y forma parte de una serie de cambios orientados a impulsar la realización de trámites por canales virtuales.
Las disposiciones fueron oficializadas mediante la Resolución de Superintendencia N.° 121-2026/SUNAT, que también incorpora nuevos formularios virtuales para facilitar el cambio del tipo de contribuyente sin necesidad de acudir a un Centro de Servicios. De acuerdo con la entidad, más de 11 millones de contribuyentes deberán actualizar o confirmar su información de contacto.
Con la nueva norma, toda persona que se inscriba en el RUC deberá registrar y validar un correo electrónico y un número de teléfono celular como parte de sus datos de contacto. La obligación también alcanza a quienes ya cuentan con un RUC activo. En estos casos, los contribuyentes deberán ingresar a los canales habilitados por la Sunat para confirmar o actualizar dicha información.
La administración tributaria explicó que esta medida permitirá optimizar el envío de comunicaciones relacionadas con obligaciones tributarias, avisos y otros servicios que brinda la institución, además de fortalecer la interacción con los contribuyentes a través de medios digitales.
Para quienes ya se encuentran inscritos en el RUC, la resolución establece como fecha límite para registrar ambos datos de contacto el 31 de julio de 2026.
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Además de la actualización obligatoria de los datos de contacto, la resolución introduce nuevos mecanismos para simplificar trámites vinculados al RUC. A partir de esta disposición, las personas naturales podrán cambiar su tipo de contribuyente de manera completamente virtual mediante SUNAT Virtual, eliminando la necesidad de realizar el procedimiento de forma presencial.
Para ello, la entidad habilitó el Formulario Virtual N.° 3130-1 "Quiero abrir un negocio", dirigido a quienes desean pasar de la condición de persona natural sin negocio a persona natural con negocio e iniciar actividades empresariales.
Asimismo, quienes actualmente desarrollan actividades empresariales y deseen pasar a la condición de trabajadores independientes podrán utilizar el nuevo Formulario Virtual N.° 3130-2 "Quiero iniciar actividades como trabajador independiente". Este formulario permite dejar de estar afecto a los tributos correspondientes a rentas empresariales y registrar actividades comprendidas en el Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría.
Según la entidad, estos nuevos formularios digitales reemplazan trámites que anteriormente debían efectuarse en los Centros de Servicios al Contribuyente. Con ello, se busca reducir tiempos de atención, evitar desplazamientos y disminuir el uso de documentos físicos.





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