
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó los cronogramas de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al ejercicio 2025.
Según la norma, las fechas de vencimiento varían de acuerdo con el último dígito del RUC y el tipo de contribuyente.
Para los negocios o empresas que no están dentro del ámbito de aplicación de la Ley N.° 31940, el plazo para presentar la declaración comenzará el 26 de marzo de 2026 y se extenderá hasta el 13 de abril de 2026.
El cronograma es el siguiente:
| Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
| 0 | 26 de marzo de 2026 |
| 1 | 27 de marzo de 2026 |
| 2 | 30 de marzo de 2026 |
| 3 | 31 de marzo de 2026 |
| 4 | 1 de abril de 2026 |
| 5 | 6 de abril de 2026 |
| 6 | 7 de abril de 2026 |
| 7 | 8 de abril de 2026 |
| 8 | 9 de abril de 2026 |
| 9 | 10 de abril de 2026 |
| Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 13 de abril de 2026 |
En el caso de las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (MYPE) del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario, comprendidas en la Ley N.° 31940, los vencimientos serán posteriores, entre el 27 de mayo y el 10 de junio de 2026, según el último dígito del RUC:
| Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
| 0 | 27 de mayo de 2026 |
| 1 | 28 de mayo de 2026 |
| 2 | 29 de mayo de 2026 |
| 3 | 1 de junio de 2026 |
| 4 | 2 de junio de 2026 |
| 5 | 3 de junio de 2026 |
| 6 | 4 de junio de 2026 |
| 7 | 5 de junio de 2026 |
| 8 | 8 de junio de 2026 |
| 9 | 9 de junio de 2026 |
| Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 10 de junio de 2026 |
La Sunat informó que los formularios virtuales estarán disponibles en las siguientes fechas:
Como en años anteriores, la entidad recaudadora pondrá a disposición de los contribuyentes información referencial personalizada. Desde el 16 de febrero de 2026 para negocios y empresas, con datos sobre saldos a favor, pagos a cuenta, retenciones y el Impuesto temporal a los activos netos (ITAN). Desde el 31 de marzo de 2026 para personas naturales sin negocio, con información sobre rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y del ITF.
Esta información deberá ser revisada y, de ser necesario, corregida antes de presentar la declaración.
Deben presentar la Declaración Anual de Renta las personas naturales que en 2025 hayan obtenido, entre otros supuestos:
En el caso de las empresas, están obligadas a declarar aquellas que en 2025:

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