
Desde que el gobierno de Dina Boluarte oficializó la publicación de la ley que autoriza un octavo retiro de las AFP, diversos ciudadanos vienen consultando acerca de la implementación de este proceso. Lo cierto es que, la responsabilidad ahora recae en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), entidad que deberá reglamentar la norma en un plazo de 30 días como máximo, es decir, el 20 de octubre.
Precisamente, diversas AFP han emitido comunicados en sus redes sociales con el siguiente mensaje: "El Poder Ejecutivo aprobó la ley que permite un retiro extraordinario. Sin embargo, aún no se puede realizarlo. Es necesario que la SBS detalle los plazos para que, quienes lo deseen, ingresen su solicitud".
Comunicado de AFP Integra sobre el retiro de AFP. Foto: AFP Integra
Ante esta situación, el congresista José Luna ha remitido un oficio al superintendente de la SBS, Sergio Espinosa, para que publique a la brevedad posible este dispositivo legal que facilitará la puesta en marcha del retiro AFP. Como recuerda el parlamentario de Podemos, se tratan de recursos que requieren los afiliados para afrontar la ola de desempleo, la crisis económica y la inseguridad ciudadana.
Por último, solicita que se le remita un informe sobre las acciones que adopte dicha entidad para la inmediata expedición del reglamento. Y es que, existen antecedentes de este tipo de medidas en las que se ha aplicado un similar procedimiento sobre la base de los plazos fijados por la norma consensuada entre el Ejecutivo y el Congreso.
Si bien no existe un cronograma oficial publicado por la Asociación de AFP como en años anteriores, el propio ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez-Reyes, dijo a los medios de comunicación que los primeros desembolsos podrían hacerse realidad a fines de octubre o en noviembre.
Apenas, la SBS publique el procedimiento operativo para el retiro de fondos de las AFP hasta en un plazo de 30 días, se podrá tener mayor certeza respecto al inicio del envío de solicitudes para efectuar la liberación de hasta 4 UIT. Sin embargo, dadas las experiencias previas, el tiempo podría acortarse.
En base a ello, Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, compartió su proyección de los posibles plazos para efectuar la octava liberación de las AFP. En su opinión, el proceso de solicitud se iniciará a los pocos días de conocerse el reglamento, es decir, hacia el 30 de septiembre:
Como lo señalamos anteriormente, Integra, Profuturo, Prima, Hábitat y la Asociación de AFP están esperando que la SBS emita el reglamento que establece el procedimiento operativo para el retiro de las AFP. Este dispositivo permitirá conocer desde cuándo se podrán enviar las solicitudes, los pasos para realizar el desembolso y el cronograma respectivo.
Como se recuerda, el año pasado, esta última entidad publicó un cronograma con las fechas respectivas para remitir los requerimientos a las AFP, según el último dígito del DNI. Dicha disposición buscaba prevenir cualquier sobrecarga en el sistema de solicitud en línea y garantizar un proceso ágil y sin contratiempos.
Mientras faltan conocer más detalles, AFPs como Prima vienen precisando lo siguiente a sus clientes:
En Perú, existen 4 Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Estas son:
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