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Economía

Reinfo: Gobierno oficializa decreto que amplía registro de mineros informales sin incluir control para evitar impunidad

Mineros informales y artesanales tendrán seis meses más para regularizarse hasta diciembre de 2025. Decreto no incluye restricciones penales, lo que permitiría que la minería ilegal opere en la impunidad.

Miles de mineros continuarán el proceso de formalización minera con la prórroga del Reinfo
Miles de mineros continuarán el proceso de formalización minera con la prórroga del Reinfo.

El Gobierno oficializó este domingo el decreto supremo Nº 012-2025-EM, con el que amplía hasta fin de año el plazo para que los pequeños mineros y mineros artesanales terminen su proceso de formalización a través del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). Según la norma, publicada en diario oficial El Peruano, la nueva fecha límite será el 31 de diciembre de 2025, es decir seis meses adicionales al cronograma original (vencía el 30 de junio), tal como lo había adelantado el ministro Jorge Montero.

El Reinfo se creó como una herramienta transitoria para que miles de pequeños mineros y mineros artesanales pasen de la informalidad a la legalidad, aunque esta figura, ahora extendida por cuarta vez, ha sido cuestionada por encubrir el blanqueo de la minería ilegal.

Esta prórroga se da por única vez, tal como lo permite la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 32213, que regula la rectoría del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) sobre esta actividad.

Reinfo: ¿A quiénes aplica la prórroga?

Señala el dispositivo legal que el nuevo plazo ampara a personas naturales o jurídicas que cuenten con inscripción vigente en el Reinfo, o cuya inscripción esté suspendida por un período igual o menor a un año hasta el 30 de junio de 2025. Para los demás, el proceso de formalización culminará de manera definitiva en esa fecha.

El decreto enfatiza que la ampliación irá de la mano de medidas de control más estrictas. Por ejemplo, señala que el Minem seguirá fiscalizando la información declarada por los mineros inscritos y podrá excluir a quienes desarrollen actividades mineras en áreas no declaradas, realicen cesiones o transferencias irregulares de inscripciones, o incumplan cualquier otro requisito establecido en la normativa vigente.

Estas exclusiones están respaldadas por el Decreto Legislativo Nº 1336, el Decreto Supremo Nº 018-2017-EM y el Decreto Supremo Nº 001-2020-EM, que detallan hasta 15 causales de exclusión, desde operar fuera de la zona autorizada hasta usar la inscripción para beneficiar a terceros no registrados.

Riesgo de impunidad del Reinfo

El experto en derecho ambiental César Ipenza cuestionó que el nuevo decreto no incluya ninguna disposición sobre la exención de responsabilidad penal, a pesar de que el Tribunal Constitucional ya se pronunció sobre este tema (en abril de este año) en el caso 00017-2023-PI/TC.

En su sentencia, el máximo órgano constitucional dispuso expresamente que los poderes del Estado se abstengan de contemplar un marco jurídico-normativo de exención de responsabilidades penales (referida a los delitos ambientales), civiles y administrativas en el proceso de formalización minera, la prórroga del régimen transitorio, y en cualquier política pública que regule dicha actividad de manera permanente.

Sentendencia del TC rechazó impunidad en reinfo.

Es decir, algunos mineros informales, por estar inscritos en el Reinfo, no pueden ser perseguidos por el delito de minería ilegal, aunque sigan operando de forma ilegal mientras declaran que están en proceso de formalización.

Según Ipenza, esta prórroga termina convirtiéndose en un nuevo periodo para operar en la impunidad, ya que —advierte— aunque se habla de depurar el Reinfo, en la práctica esto resulta poco creíble.

En su opinión, la minería ilegal sigue creciendo y muchos fiscales enfrentan limitaciones para procesar a quienes cometen delitos ambientales si están inscritos en el Reinfo. Esta ampliación solo les facilita el camino, mientras el Poder Ejecutivo no cumple con implementar lo que ordenó el Tribunal Constitucional de que se evite crear normas que eximan de responsabilidad penal a quienes están en proceso de formalización.

El documento precisa que esta prórroga se mantendrá solo como marco transitorio hasta que se promulgue una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, que derogará la norma actual. Además, se recalca que la ampliación no está sujeta a un nuevo Análisis de Impacto Regulatorio, dado su carácter excepcional.

Durante su intervención ante el Consejo de Ministros en esta semana, el titular del Minem, Jorge Montero aseguró que la ampliación aprobada “tiene por finalidad concluir este año de manera ordenada y definitiva el proceso de formalización minera en el Perú”.

"Me siento optimista en este proceso. Nos ha tocado concluir el proceso de formalización minera este año 2025", apuntó.

El decreto fue refrendado por la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Energía y Minas, Jorge Luis Montero.

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