
A partir del domingo 1 de junio, los trabajadores que se inscriban en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) serán asignados a Profuturo AFP, la cual se adjudicó la licitación para nuevos afiliados en Perú. Este cambio fue anunciado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
En general, la entidad reguladora lleva a cabo un procedimiento público con el objetivo de que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en el país compitan para ofrecer las comisiones más bajas, lo que resulta en un beneficio directo para los futuros afiliados al Sistema Privado de Pensiones.
Todos los afiliados de Profuturo AFP pagarán una comisión por saldo más competitiva del mercado, establecida en 0,68% anual, a partir del inicio del sexto mes de 2025. Este cambio no solo beneficiará a los nuevos integrantes del sistema privado, sino que también afectará a más de 1,2 millones de afiliados de Profuturo AFP que están bajo el régimen de comisión por saldo.
Estos afiliados experimentarán una reducción automática en su comisión, lo que representa un alivio significativo para sus ahorros. De esta manera, se alcanza una reducción de 10 puntos básicos en comparación con la tasa actual, que ascendía a 0,78%.
ProFuturo asumirá la responsabilidad de afiliar a los trabajadores que se integren al Sistema Privado de Pensiones entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2027. Es importante destacar que los nuevos afiliados deberán mantener su vínculo con esta administradora por un tiempo mínimo de dos años.
Desde la introducción del sistema de licitaciones en 2013, el Sistema Privado de Pensiones ha experimentado una disminución constante en las comisiones. Este avance ha beneficiado de manera directa a los trabajadores, al tiempo que ha impulsado una mayor eficiencia en el sistema previsional del Perú.
El Ministerio de Economía y Finanzas establece, por un lado, que los trabajadores independientes del Sistema Privado de Pensiones, es decir, que aportan a las Administradoras de Fondos de Pensiones, aportarán obligatoriamente el 5% de sus remuneraciones a partir de 2028.
Asimismo, se establece que sobre esta tasa se aplicará un porcentaje extra correspondiente a la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia, así como la comisión de administración que cobran las empresas administradoras de fondos. Estas se refieren a las AFP u otras instituciones financieras autorizadas para captar aportes previsionales en el caso del sistema privado.
El proyecto del Ministerio de Economía establece que se considera trabajador independiente a toda persona que recibe ingresos clasificados como rentas de cuarta categoría, según lo estipulado en el literal a) del artículo 33 de la Ley del Impuesto a la Renta.
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