Sociedad

Viaja al extranjero con tus hijos: cómo autorizar su salida sin el permiso de uno de los padres

Migraciones señala que existe un proceso más amplio si el padre o madre quiere salir de viaje con el menor y no tiene permiso del otro progenitor.

Existen tres procesos legales que se pueden realizar para que un menor salga de viaje. Foto: Composición LR/Canva
Existen tres procesos legales que se pueden realizar para que un menor salga de viaje. Foto: Composición LR/Canva

Se vienen las vacaciones de fin de año y verano, por lo que muchos padres tienen la intención de llevar a sus hijos al interior o al exterior del país. En caso desees sacar tus hijos al extranjero, la Superintendencia Nacional de Migraciones informó, en una nota de prensa, sobre los requisitos para que los menores de edad viajen solos o acompañados por uno de sus padres o representantes legales.

En este sentido, los padres o tutores deben gestionar con antelación la autorización de viaje correspondiente para evitar posibles inconvenientes. Para ello, se pueden realizar tres tipos de procesos, dependiendo cuál sea la situación legal del menor.

¿Cómo se autoriza el viaje de un menor sin el permiso de uno de los padres?

Si uno de los padres del menor se encuentra ausente o existe disentimiento, se deberá presentar la autorización de viaje judicial correspondiente, conjuntamente con la sentencia judicial. Esta se puede solicitar en un Juzgado de Familia, con los siguientes documentos:

  • Partida de nacimiento del menor original y copia (si el menor tuviera partida extranjera, debe estar traducida al castellano)
  • Copia del documento de identidad del solicitante
  • Otros documentos pueden ser solicitados que dependerán del caso específico del que se trate.

El responsable del menor debe presentar la documentación en la mesa de partes del Juzgado de Familia, y el mismo día de la presentación del documento, el solicitante pasará una entrevista en compañía del menor para la toma de declaraciones.

Luego de evaluar los documentos y pruebas, el Juzgado de Familia puede extender la Autorización de Viaje Judicial. 

En caso el padre o madre se encuentre con paradero desconocido, el Juzgado ordenará que se le notifique mediante la publicación de edictos en el portal del Poder Judicial, periódico, boletines oficiales y tablón de anuncios del juzgado. Para responder a los edictos, el padre o madre tendrá un plazo de 15 días si está en el país y de 30 días si está en el extranjero.  Asimismo, el Juzgado puede solicitar a Migraciones el movimiento migratorio del padre o madre ausente.

Finalmente, terminada la evaluación, se emite la autorización con la sentencia y la firma del Juez de Familia. Cabe recordar que este permiso es válida solo por una vez y debe ser entregada a la autoridad migratoria peruana para que permita la salida del país del menor.  

Autorización de viaje notarial

La autorización notarial es otorgada por aquellos que tienen la patria potestad del menor, es decir, los padres. Es necesaria cuando el menor viaja solo o con uno de los padres. Si viaja con ambos padres, no es necesario tramitar dicha autorización.

Esta autorización también puede ser otorgada por aquellos que tengan un poder registrado, especificando la facultad para autorizar la salida del menor.

En el caso de menores reconocidos por solo uno de los padres, que deseen salir del país con un tercero, se requiere la autorización firmada por el padre o madre que realizó el reconocimiento.

La autorización notarial de viaje tiene una validez de 90 días desde su emisión y solo puede utilizarse una vez. Para ello, es obligatorio que este documento contemple los detalles siguientes:

  • Ciudad de salida y destino.
  • Fechas de salida y retorno.
  • Datos de la persona responsable del menor durante el viaje y estadía fuera del territorio nacional, así como los datos de la aerolínea o medio de transporte que se utilizará para salir del país.
  • Número de DNI del menor peruano o documento que identifique al menor extranjero, según su condición migratoria.
  • En caso de fallecimiento de uno de los padres o reconocimiento por uno solo, se debe hacer constar esta condición.
  • Si se cuenta con un poder registrado en SUNARP, se deben proporcionar los datos de la partida registral.
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Autorización de viaje consular

Si uno de los padres se encuentra en el extranjero, el acompañante del menor debe presentar una autorización de viaje del consulado donde se encuentra el padre o madre, la cual debe estar apostillada en el Ministerio de Relaciones Exteriores y, si es necesario, traducida.

Finalmente, si uno de los padres ha fallecido y el menor viaja con el padre o la madre sobreviviente, se debe presentar la copia del acta de defunción y el acta de nacimiento del menor, eximiéndose así de la presentación de la autorización de viaje.