TC garantiza secreto de la comunicación laboral en los chats grupales de trabajadores

El organismo constitucional precisó que el derecho no se vulnera si uno de los trabajadores reenvía la información al empleador.

Este derecho constitucional protege el contenido de un tercero ajeno a la conversación. Foto: Composición LR
Este derecho constitucional protege el contenido de un tercero ajeno a la conversación. Foto: Composición LR

Las conversaciones grupales de trabajadores, mediante la aplicación de mensajería WhatsApp, son amparadas por el secreto de la comunicaciones, de acuerdo a una sentencia emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional (TC).

“Para este Tribunal, las conversaciones que se desarrollen empleando esta aplicación (WhatsApp) también deberán ser resguardadas por el derecho al secreto de las comunicaciones, el cual se encuentra reconocido en el artículo 2.10 de la Constitución” se lee en el fundamento número 10 de la sentencia N° 4/2022, correspondiente a un recurso de agravio constitucional interpuesto por un trabajador, dentro de un proceso de amparo.

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Sin embargo, el TC menciona que no se puede invocar este derecho para excluir una prueba que se fundamenta en los mensajes en esta aplicación, siempre y cuando esta información haya sido aportada por uno de los integrantes de la conversación grupal.

Es decir, este derecho constitucional salvaguarda el contenido de la información de una tercera persona ajena a la conversación, que “pretenda sustraer, intervenir o interceptar la información vertida en estos mensajes”, refiere el Tribunal Constitucional.

Constitución Política y secreto de las comunicaciones

De acuerdo al artículo 2 de la Constitución Política del Perú, uno de los derechos fundamentales de la persona es el derecho al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados.

Es así que “los documentos privados obtenidos con violación de este precepto no tienen efecto legal”, según la carta magna. A menos que, por mandato del juez, se haya abierto, incautado, interceptado o intervenido las comunicaciones de un ciudadano.

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