Temblor se registró HOY 5 de noviembre: ¿dónde fue el epicentro?
Sociedad

ATU lanza aplicativo para que movilidades escolares y turísticas trasladen a trabajadores

La institución aseguró que los únicos vehículos que podrán acceder al régimen excepcional son los que cuenten con habilitación vigente al 15 de marzo de 2020 y que correspondan a la categoría M2 o M3 del Reglamento Nacional de Vehículos.

Transportistas interesados deberán presentar una solicitud ante la autoridad competente. (Foto: ATU)
Transportistas interesados deberán presentar una solicitud ante la autoridad competente. (Foto: ATU)

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) puso a disposición un aplicativo para apoyar a quienes prestan el servicio de movilidad escolar y turística que se vieron afectados por la pandemia del nuevo coronavirus.

Con dicha aplicación, los transportistas podrán realizar el servicio de traslado para trabajadores de diferentes entidades. Las vehículos que podrán acceder al régimen excepcional serán únicamente los que cuenten con habilitación vigente al 15 de marzo de 2020 y que correspondan a la categoría M2 o M3 del Reglamento Nacional de Vehículos.

Además, estos automóviles deberán cumplir con las condiciones para prestar este servicio especial, así como cumplir con los protocolos sanitarios específicos para el servicio de transporte establecidos por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

Cabe precisar que el MTC autorizó a las movilidades escolares a prestar servicios a empresas. La medida busca descongestionar los vehículos de transporte público y tiene carácter temporal.

Para acogerse a este régimen, los transportistas deberán presentar una solicitud ante la autoridad de transporte competente, ya sea la municipalidad provincial, el gobierno regional o el MTC.

¿Cómo acceder a este aplicativo?

Para obtener el aplicativo podrás ingresar a la página web de la Autoridad de Transporte Urbano [AQUÍ] o desde el enlace: https://soluciones.aate.gob.pe/servicioespecial.

Las personas que se acojan al referido régimen podrán consultar su registro, en cualquier momento, a través del siguiente enlace: [AQUÍ]