Política

Acuerdan ceder más poder a la Comisión Permanente ante el cierre del Congreso

Miembros de la Comisión Permanente podrán modificar los decretos de urgencia y también podrán interpelar a los ministros, durante el interregno parlamentario.

Hernando Guerra, presidente de la Comisión de Constitución. (Foto: Congreso).
Hernando Guerra, presidente de la Comisión de Constitución. (Foto: Congreso).

La Comisión de Constitución aprobó este martes un dictamen de reforma de la Carta Magna, para otorgar más poder a la Comisión Permanente, en casos de cierre del Congreso. De este modo, el Parlamento podrá ejercer un mayor control sobre los actos del Ejecutivo.

Esta propuesta de reforma surge a partir de un proyecto del legislador fujimorista Hernando Guerra. Fue presentado el 31 de marzo de este año y ya cuenta con dictamen aprobado.

Actualmente, cuando se produce el cierre del Congreso, la Comisión Permanente solo tiene potestad para examinar los decretos de urgencia y los eleva al nuevo Parlamento, según el artículo 135 de la Constitución.

Con el dictamen aprobado, la Comisión Permanente en adelante no solo revisaría los decretos de urgencia del Ejecutivo, sino podría derogarlos.

De hecho, Hernando Guerra García planteaba más atribuciones en el predictamen. Por ejemplo, el fujimorista proponía que la Comisión Permanente pueda conformar comisiones investigadoras. Pero en la sesión de la comisión cuestionaron tal opción, debido al corto plazo de funcionamiento (apenas cuatro meses), previo a la instalación del nuevo Parlamento.

Este planteamiento fue retirado de la versión final del dictamen. En cambio, queda establecido que la Comisión Permanente podrá modificar los decretos de urgencia y también podrá citar a los ministros e interpelarlos.

Otro agregado es que la Comisión Permanente podrá tramitar demandas competenciales ante el Tribunal Constitucional (TC) en defensa de sus facultades.

El predictamen de reforma aprobado en el grupo de Constitución ahora debe pasar al Pleno y se requiere de 87 votos en dos legislaturas consecutivas para su entrada en vigencia.