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Aníbal Quiroga señala que anunciada demanda competencial del Ejecutivo contra el Ministerio Público carece de fundamento

El constitucionalista explica que esta demanda tiene que ver con quitar competencias de los poderes del Estado, pero aquí se trata de la situación de la presidenta de la República, que es un tema distinto.

Aníbal Quiroga también refiere que ha habido una ampliación en la interpretación del Art. 117 e la Constitución y que hay un precedente con Pedro  Castillo.
Aníbal Quiroga también refiere que ha habido una ampliación en la interpretación del Art. 117 e la Constitución y que hay un precedente con Pedro Castillo.

En opinión del constitucionalista Aníbal Quiroga, la demanda competencial que el Ejecutivo presentará ante el Tribunal Constitucional contra el Ministerio Público y el Poder Judicial por presunta injerencia en el ejercicio de las competencias de la presidenta Dina Boluarte, no tiene fundamento competencial.

Dijo que eso ya ocurrió cuando el presidente Martín Vizcarra también presentó a través del Poder Ejecutivo una demanda competencial que no fue acogida por el Tribunal Constitucional.

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“Explico por qué. La demanda competencial tiene que ver con quitar competencias de los poderes del Estado, es el caso del Poder Ejecutivo al que el Ministerio Público le quita competencias. Pero no estamos hablando de las competencias del Poder Ejecutivo, estamos hablando de la posición de la presidenta de la República que es un tema distinto. Una cosa son las facultades del poder Ejecutivo y otra el tema personal de la presidenta. Se está mezclando una cosa con la otra”, indicó tras precisar que ninguna competencia del Poder Ejecutivo está siendo afectada.

Respecto a la aplicación de un control de convencionalidad sobre el artículo 117 de la Constitución, por parte del Ministerio Público, a partir de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, y que ha sido objetado por el Ejecutivo, Quiroga dijo que eso podrá ser una infracción constitucional, pero no es una contienda de competencias.

“Esto es una discrepancia que tiene la presidenta de la República con el Ministerio Público y puede dar lugar a que el fiscal de la Nación sea imputado por infracción a la Constitución por no respetar el artículo 117, porque no se puede hacer control de convencionalidad contra la Constitución. Pero no es un conflicto de competencias, es un problema de interpretación del artículo 117”, estimó.

También se pronunció sobre el reclamo del Ejecutivo en el sentido de que el Ministerio Público ha cruzado los límites de sus competencias en las indagaciones contra la presidenta Dina Boluarte. Mencionó que hasta el expresidente Pedro Castillo había un límite claro y no se podía investigar o denunciar a un presidente de la República, pero a partir de Castillo se avanzó con la ex fiscal de la Nación Patricia Benavides quien planteó la denuncia que fue acogida por el Congreso y luego se detuvo al momento de la acusación.

“Entonces, ha habido un cambio, una ampliación en la interpretación del artículo 117, hay un precedente con Castillo”, recordó.

En cuanto a la denuncia constitucional que ha presentado el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena contra Boluarte por delito contra la administración pública y cohecho pasivo impropio respecto al caso Rólex, Aníbal Quiroga dijo que, como en el caso de Pedro Castillo, solo avanzará en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales y en la Comisión Permanente.

“Ahí, la acusación se detiene hasta que Dina Boluarte deje de ser presidente de la República”, acotó el constitucionalista..

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