Política

Juez decidirá esta tarde prisión preventiva contra Yaneth Navarro Flor y Cirilo Jara Mamani

Se trata de la profesora Yaneth Navarro Flor, de Andahuaylas, y del rondero Cirilo Jara Mamani, de Cusco, acusados de disturbios y organización criminal. La Fiscalía pide 36 meses de detención. Abogado defensor de dirigente cusqueño descarta mérito para privarlo de libertad.

Acusados. Yaneth Navarro y Cirilo Jara siguen detenidos. Foto: composición LR/difusión
Acusados. Yaneth Navarro y Cirilo Jara siguen detenidos. Foto: composición LR/difusión

Luego de tres días de audiencia, la jueza Margarita Salcedo Guevara anunciará hoy, lunes 13 de febrero, si impone prisión preventiva de 36 meses, como ha pedido la Fiscalía, para la profesora Yaneth Navarro Flor, de Andahuaylas, y el rondero Cirilo Jara Mamani, de Cusco, acusados de disturbios y organización criminal por financiar y promover las protestas en las que se pide la renuncia de Dina Boluarte y el adelanto de elecciones generales.

En la audiencia, fijada para las 4.30 de la tarde de forma presencial, ambos acusados tomarán la palabra y harán uso de su defensa material, tras lo cual, la magistrada del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional emitirá su decisión.

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El abogado del Instituto de Defensa Legal Juan José Quispe, que representa a Jara Mamani, señala que lo que ha expresado y sustentado el fiscal no constituyen evidencias ni cumplen los requisitos para mantenerlo privado de libertad, pues tiene arraigo domiciliario, trabajo y no es un peligro para la investigación.

"Hemos presentado constancias de trabajo y un certificado del párroco de Ocongate, que da referencias de que lo conoce, que vive con su familia, que siempre ha tenido un comportamiento adecuado dentro de la comunidad", explicó.

Recalcó que el representante del Ministerio Público ha constatado que el rondero cusqueño vive con su padre y sus dos hijos en la comunidad de Ocongate, en Quispicanchis, lo que significa que tiene arraigo. Añadió que, en el caso de la obstrucción a la investigación, la Fiscalía no ha señalado en qué situación en concreto sería un peligro pese a que los acuerdos plenarios del Poder Judicial lo establecen.

Añadió, asimismo, que el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) precisa que se debe preferir pena distinta de internamiento a los miembros de las comunidades indígenas, lo que le alcanza a su defendido. "En el artículo primero del convenio explica que comunidades indígenas son los pueblos originarios, ancestrales, de comunidades altoandinas, como la que vive Cirilo", dijo.

Quispe denunció que, desde que comenzaron las audiencias de prisión preventiva, no le han permitido conferenciar con su patrocinado. En ese contexto, remarcó un recorte al derecho a la defensa de Cirilo Jara.