Política

Bancadas que dieron la espalda al fujimorismo y rechazaron reelección de alcaldes y gobernadores regionales

El Pleno del Congreso no alcanzó los 87 votos necesarios para aprobar la reforma constitucional. Las bancadas de Podemos Perú y Acción Popular jugaron un papel decisivo en la votación.

El Pleno del Congreso no alcanzó los 87 votos necesarios para aprobar la reforma constitucional. Las bancadas de Podemos Perú y Acción Popular jugaron un papel decisivo en la votación.
El Pleno del Congreso no alcanzó los 87 votos necesarios para aprobar la reforma constitucional. Las bancadas de Podemos Perú y Acción Popular jugaron un papel decisivo en la votación.

El Pleno del Congreso no alcanzó los votos suficientes para aprobar el dictamen de los proyectos de ley 2027, 2067, y otros, que proponían la reelección de alcaldes y gobernadores regionales. Con solo 76 votos a favor, 33 en contra y 6 abstenciones, no se aprobó la reforma constitucional de los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución Política, con los que también se buscaba eliminar los movimientos regionales.

La bancadas de Podemos Perú y Acción Popular fueron claves para determinar el rechazo del dictamen que, al tratarse de una reforma constitucional, requería alcanzar los 87 votos. Horas antes de iniciar el Pleno del Congreso, los partidos de ambas bancadas se pronunciaron para determinar la postura que tendrían si es que la propuesta legislativa se debía en la sesión del 21 de noviembre.

Podemos Perú afirmó en octubre que respaldarían el dictamen. Sin embargo, el excongresista Aron Espinoza señaló en redes sociales que la bancada no iba a apoyar la reelección de alcaldes y gobernadores para 2026. "Votaremos en contra si se fuerza hoy el debate en el pleno", expresó a través de 'X', antes Twitter.

Mientras que el presidente Acción Popular, Julio Chávez emitió un comunicado para informar que la bancada del partido votaría en contra de la reelección de alcaldes y gobernadores para 2026. A pesar de que, durante la primera votación en el mes de mayo, votaron a favor 8 congresistas de AP.

Ambas bancadas coincidieron en votar en contra o abstenerse del dictamen por un solo motivo: Argumentaron que la reelección de alcaldes y gobernadores regionales sí debería darse pero no en el 2026, sino en el 2027. La postura sería más por un tema -aparentemente- de estrategia política que su preocupación sobre el tema en sí.

Votación del Congreso sobre el proyecto que propone la reelección de alcaldes y gobernadores.

Votación del Congreso sobre el proyecto que propone la reelección de alcaldes y gobernadores.

¿Cómo fue la votación que rechazó la reelección de alcaldes y gobernadores?

Fuerza Popular votó unánimemente con 16 votos a favor, mientras que Alianza para el Progreso, Podemos Perú y Juntos por el Perú se abstuvieron. A continuación, se presenta el listado completo de los congresistas que participaron en el debate sobre la reforma constitucional, la cual no alcanzó los votos necesarios.

BancadaApellidos y NombresVoto
Fuerza PopularAguinaga Recuenco Alejandro AurelioA favor
Fuerza PopularAlegría García ArturoA favor
Fuerza PopularBarbarán Reyes Rosangella AndreaA favor
Fuerza PopularBustamante Donayre ErnestoA favor
Fuerza PopularCastillo Rivas Eduardo EnriqueA favor
Fuerza PopularChacón Trujillo Nilza MerlyA favor
Bancada SocialistaFlores Ramírez Alex RanduEn contra
Fuerza PopularHuamán Coronado RaúlA favor
Fuerza PopularInfantes Castañeda Mery ElianaA favor
Fuerza PopularJiménez Heredia David JulioA favor
Fuerza PopularJuárez Gallegos Carmen PatriciaA favor
Fuerza PopularLópez Morales Jeny LuzA favor
Fuerza PopularMoyano Delgado Martha LupeA favor
Fuerza PopularObando Morgan Auristela AnaA favor
Fuerza PopularOlivos Martínez VivianA favor
Fuerza PopularRamírez García Tania EstefanyA favor
Fuerza PopularRevilla Villanueva César ManuelA favor
Fuerza PopularRosángela Barbarán ReyesA favor
Fuerza PopularSantisteban Suclupe MagallyA favor
Fuerza PopularVentura Angel Héctor JoséA favor
Fuerza PopularZeta Chunga Cruz MaríaA favor
Perú LibreBalcázar Zelada José MaríaEn contra
Perú LibreCerrón Rojas Waldemar JoséEn contra
Perú LibreCruz Mamani FlavioEn contra
Acción PopularAragón Carreño Luis ÁngelEn contra
Renovación PopularBazán Calderón Diego Alonso FernandoEn contra
Avanza PaísCavero Alva Alejandro EnriqueEn contra
Avanza PaísChirinos Venegas Patricia RosaEn contra
Avanza PaísMálaga Trillo George EdwardEn contra
Honor y DemocraciaMontoya Manrique Jorge CarlosEn contra
Avanza PaísTudela Gutiérrez Adriana JosefinaEn contra
Alianza para el ProgresoHeidinger Ballesteros Nelcy LidiaAbstención
Alianza para el ProgresoJulón Irigoín Elva EdhitAbstención
Podemos PerúAlcarraz Aguero Yorel KiraAbstención
Bloque Democrático PopularBazán Narro Sigrid TesoroAbstención
Avanza PaísParedes Fonseca Karol IvettAbstención

Congresistas piden reconsideración sobre rechazo a reelección de alcaldes y gobernadores

Luego de la votación, los congresistas Héctor Valer, José Jerí y Alejandro Soto solicitaron la reconsideración de la votación que rechazó el proyecto de reforma constitucional que proponía la reelección de alcaldes y gobernadores regionales. En su solicitud dirigida al presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, los parlamentarios pidieron que se revisara la decisión sobre la reforma, que además eliminaba los movimientos regionales.

"Solicito la reconsideración de la segunda votación del Proyecto de Ley N.º 2027/2021-CR y otros Ley de reforma constitucional que establece la reelección para gobernadores y alcaldes, dictaminado por la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República", se lee en el documento.

larepublica.pe

¿Qué dice los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución?

El Congreso rechazó la reforma constitucional que buscaba modificar los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución Política. En la segunda votación, la propuesta obtuvo 76 votos a favor, 33 en contra y 6 abstenciones, quedando lejos de los 87 votos necesarios en dos legislaturas consecutivas para aprobar una reforma de este tipo.

Es así como estos artículos permanecerán sin cambios y seguirán vigentes en su forma actual, los cuales son:

  • Artículo 35: Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos de forma individual o mediante organizaciones políticas, como partidos, movimientos o alianzas, según la ley. Estas organizaciones contribuyen a la formación y expresión de la voluntad popular y adquieren personalidad jurídica al registrarse oficialmente.
  • Artículo 191: Los gobiernos regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa dentro de sus competencias. Además, coordinan con las municipalidades, respetando sus funciones y atribuciones.
  • Artículo 194: Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en sus áreas de competencia. Las municipalidades de los centros poblados se crean conforme a la ley. Su estructura incluye un Concejo Municipal, que actúa como órgano normativo y fiscalizador, y una Alcaldía, que ejerce funciones ejecutivas según la normativa vigente.