Bancadas que dieron la espalda al fujimorismo y rechazaron reelección de alcaldes y gobernadores regionales
El Pleno del Congreso no alcanzó los 87 votos necesarios para aprobar la reforma constitucional. Las bancadas de Podemos Perú y Acción Popular jugaron un papel decisivo en la votación.
El Pleno del Congreso no alcanzó los votos suficientes para aprobar el dictamen de los proyectos de ley 2027, 2067, y otros, que proponían la reelección de alcaldes y gobernadores regionales. Con solo 76 votos a favor, 33 en contra y 6 abstenciones, no se aprobó la reforma constitucional de los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución Política, con los que también se buscaba eliminar los movimientos regionales.
La bancadas de Podemos Perú y Acción Popular fueron claves para determinar el rechazo del dictamen que, al tratarse de una reforma constitucional, requería alcanzar los 87 votos. Horas antes de iniciar el Pleno del Congreso, los partidos de ambas bancadas se pronunciaron para determinar la postura que tendrían si es que la propuesta legislativa se debía en la sesión del 21 de noviembre.
Podemos Perú afirmó en octubre que respaldarían el dictamen. Sin embargo, el excongresista Aron Espinoza señaló en redes sociales que la bancada no iba a apoyar la reelección de alcaldes y gobernadores para 2026. "Votaremos en contra si se fuerza hoy el debate en el pleno", expresó a través de 'X', antes Twitter.
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Mientras que el presidente Acción Popular, Julio Chávez emitió un comunicado para informar que la bancada del partido votaría en contra de la reelección de alcaldes y gobernadores para 2026. A pesar de que, durante la primera votación en el mes de mayo, votaron a favor 8 congresistas de AP.
Ambas bancadas coincidieron en votar en contra o abstenerse del dictamen por un solo motivo: Argumentaron que la reelección de alcaldes y gobernadores regionales sí debería darse pero no en el 2026, sino en el 2027. La postura sería más por un tema -aparentemente- de estrategia política que su preocupación sobre el tema en sí.
Votación del Congreso sobre el proyecto que propone la reelección de alcaldes y gobernadores.
¿Cómo fue la votación que rechazó la reelección de alcaldes y gobernadores?
Fuerza Popular votó unánimemente con 16 votos a favor, mientras que Alianza para el Progreso, Podemos Perú y Juntos por el Perú se abstuvieron. A continuación, se presenta el listado completo de los congresistas que participaron en el debate sobre la reforma constitucional, la cual no alcanzó los votos necesarios.
Bancada | Apellidos y Nombres | Voto |
---|---|---|
Fuerza Popular | Aguinaga Recuenco Alejandro Aurelio | A favor |
Fuerza Popular | Alegría García Arturo | A favor |
Fuerza Popular | Barbarán Reyes Rosangella Andrea | A favor |
Fuerza Popular | Bustamante Donayre Ernesto | A favor |
Fuerza Popular | Castillo Rivas Eduardo Enrique | A favor |
Fuerza Popular | Chacón Trujillo Nilza Merly | A favor |
Bancada Socialista | Flores Ramírez Alex Randu | En contra |
Fuerza Popular | Huamán Coronado Raúl | A favor |
Fuerza Popular | Infantes Castañeda Mery Eliana | A favor |
Fuerza Popular | Jiménez Heredia David Julio | A favor |
Fuerza Popular | Juárez Gallegos Carmen Patricia | A favor |
Fuerza Popular | López Morales Jeny Luz | A favor |
Fuerza Popular | Moyano Delgado Martha Lupe | A favor |
Fuerza Popular | Obando Morgan Auristela Ana | A favor |
Fuerza Popular | Olivos Martínez Vivian | A favor |
Fuerza Popular | Ramírez García Tania Estefany | A favor |
Fuerza Popular | Revilla Villanueva César Manuel | A favor |
Fuerza Popular | Rosángela Barbarán Reyes | A favor |
Fuerza Popular | Santisteban Suclupe Magally | A favor |
Fuerza Popular | Ventura Angel Héctor José | A favor |
Fuerza Popular | Zeta Chunga Cruz María | A favor |
Perú Libre | Balcázar Zelada José María | En contra |
Perú Libre | Cerrón Rojas Waldemar José | En contra |
Perú Libre | Cruz Mamani Flavio | En contra |
Acción Popular | Aragón Carreño Luis Ángel | En contra |
Renovación Popular | Bazán Calderón Diego Alonso Fernando | En contra |
Avanza País | Cavero Alva Alejandro Enrique | En contra |
Avanza País | Chirinos Venegas Patricia Rosa | En contra |
Avanza País | Málaga Trillo George Edward | En contra |
Honor y Democracia | Montoya Manrique Jorge Carlos | En contra |
Avanza País | Tudela Gutiérrez Adriana Josefina | En contra |
Alianza para el Progreso | Heidinger Ballesteros Nelcy Lidia | Abstención |
Alianza para el Progreso | Julón Irigoín Elva Edhit | Abstención |
Podemos Perú | Alcarraz Aguero Yorel Kira | Abstención |
Bloque Democrático Popular | Bazán Narro Sigrid Tesoro | Abstención |
Avanza País | Paredes Fonseca Karol Ivett | Abstención |
Congresistas piden reconsideración sobre rechazo a reelección de alcaldes y gobernadores
Luego de la votación, los congresistas Héctor Valer, José Jerí y Alejandro Soto solicitaron la reconsideración de la votación que rechazó el proyecto de reforma constitucional que proponía la reelección de alcaldes y gobernadores regionales. En su solicitud dirigida al presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, los parlamentarios pidieron que se revisara la decisión sobre la reforma, que además eliminaba los movimientos regionales.
"Solicito la reconsideración de la segunda votación del Proyecto de Ley N.º 2027/2021-CR y otros Ley de reforma constitucional que establece la reelección para gobernadores y alcaldes, dictaminado por la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República", se lee en el documento.
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¿Qué dice los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución?
El Congreso rechazó la reforma constitucional que buscaba modificar los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución Política. En la segunda votación, la propuesta obtuvo 76 votos a favor, 33 en contra y 6 abstenciones, quedando lejos de los 87 votos necesarios en dos legislaturas consecutivas para aprobar una reforma de este tipo.
Es así como estos artículos permanecerán sin cambios y seguirán vigentes en su forma actual, los cuales son:
- Artículo 35: Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos de forma individual o mediante organizaciones políticas, como partidos, movimientos o alianzas, según la ley. Estas organizaciones contribuyen a la formación y expresión de la voluntad popular y adquieren personalidad jurídica al registrarse oficialmente.
- Artículo 191: Los gobiernos regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa dentro de sus competencias. Además, coordinan con las municipalidades, respetando sus funciones y atribuciones.
- Artículo 194: Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en sus áreas de competencia. Las municipalidades de los centros poblados se crean conforme a la ley. Su estructura incluye un Concejo Municipal, que actúa como órgano normativo y fiscalizador, y una Alcaldía, que ejerce funciones ejecutivas según la normativa vigente.