Pedro Castillo: ¿cuál será el escenario para el presidente si no asiste a otra citación de la Fiscalía?

Mientras que el Ministerio Público solicitó al presidente Pedro Castillo rendir manifestación este viernes 17 de junio, el mandatario no ha confirmado su concurrencia, pese a haber dicho que asistirá a declarar a toda instancia donde lo requieran.

Estilo. El presidente Pedro Castillo respondió con evasivas y con explicaciones imprecisas. Foto: Presidencia
Estilo. El presidente Pedro Castillo respondió con evasivas y con explicaciones imprecisas. Foto: Presidencia

Durante el encuentro que sostuvo con líderes indígenas, este jueves 16 de junio, el presidente Pedro Castillo aseguró que asistirá a toda citación en el que sea requerido. Esta promesa la ha brindado justo un día antes de la reprogramación que hizo la Fiscalía para que el mandatario concurra a rendir manifestación por la investigación del caso Puente Tarata.

En el mismo discurso, el jefe de Estado alegó que la oposición quiere etiquetarlos como un gobierno corrupto, pero no confirmó si se acercará al despacho del fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, a declarar. Por lo pronto, el presidente está a la espera de la decisión del juez supremo Juan Carlos Checkley, quien deberá resolver el recurso presentado por el abogado Benji Espinoza, defensa legal de Castillo Terrores.

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En caso de que el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima fallé a favor de la tutela de derecho, la investigación preliminar quedará suspendida. Caso contrario, continuará con las diligencias y el presidente será citado todas las veces que la Fiscalía lo requiera.

De presentarse este último y el presidente no asista al llamado del Ministerio Público, ¿qué escenario enfrentaría el jefe de Estado?

Consultado por La República, el abogado penalista Claudio Cajina comentó que, en caso el mandatario Pedro Castillo se resistiera a declarar, la Fiscalía solo podría seguir insistiendo con su citación hasta que concurra. Indicó que, mientras aún se encuentre en funciones, es revestido de inmunidad.

“Si no asistiera, lo que le corresponde a la Fiscalía es volver a citar. En la medida que estemos en una investigación preliminar, (el Ministerio Público) va a tener que seguir insistiendo con su citación. Un poco que la suerte de la investigación dependerá de lo que se resuelva en la audiencia de tutela de derechos que se llevó ayer”, explicó el letrado.

A pesar de la protección constitucional, el especialista opinó que de perturbar la investigación, el jefe de Estado podría agravar su situación cuando termine el mandato presidencial. “Sería una muy mala estrategia de su lado sustraerse de la investigación, allí donde su estrategia para impedir la diligencia fracase”, dijo a este diario.

Pedro Castillo: ¿podría ser llevado a declarar de grado fuerza?

Al igual que Claudio Cajina, el constitucionalista Heber Campos respondió lo mismo: en caso el presidente Pedro Castillo no acuda a la citación, la Fiscalía solo puede insistir con ese requerimiento.

“Lo que pasaría es que lo volverían a citar y le pedirían su testimonio. Él (Pedro Castillo) tendría que ver si va a participar de esta nueva sesión o no. O de repente, a través de esos abogados, pedir que esta se realice a través de un cuestionario escrito y no necesariamente a través de una entrevista directa”, señaló el abogado a La República.

También, el letrado aclaró que Castillo Terrones no puede ser llevado a declarar de grado fuerza. Precisó que, de acuerdo a la Constitución, el presidente tiene inmunidad. En ese sentido, indicó que el Ministerio Público únicamente puede proceder con otros requerimientos siempre y cuando tenga la autorización previa del Congreso en el marco de una acusación constitucional.

“El presidente puede ser investigado, pero es una investigación preliminar. Pero esta se detiene en el momento en que esta podría convertirse en una acusación, que es un trámite que se tiene que llevar antes del Congreso”, explicó.

“Lo que pasa es que la acusación constitucional solamente opera para unos supuestos muy puntuales, que son los que están establecidos en el artículo 117 (de la Carta Magna). Cuando él deje el cargo podrían investigarse por otros presuntos delitos de función”, puntualizó.

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