Política

Pachas: “¿Para qué vas a investigar si no vas a acusar? Es un absurdo total”

El abogado del presidente Pedro Castillo responde a quienes criticaron la medida de suspender la investigación en contra del mandatario hasta que finalice su gobierno. Considera que reuniones en casa de Breña no requieren ser reportadas.

Pachas es abogado del presidente Castillo en el caso Petroperú. Foto: La República
Pachas es abogado del presidente Castillo en el caso Petroperú. Foto: La República

Eduardo Pachas, abogado del presidente Pedro Castillo, saludó la decisión de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, de abrir y suspender la investigación en contra de su defendido, lo que establece que no será procesado hasta que culmine su mandato en julio de 2026. Asimismo, el letrado señaló que le “llama la atención” la denuncia que interpuso el procurador Daniel Soria, a pesar de que él tenía conocimiento del artículo 117 de la Constitución Política, que establece las causales para investigar a un mandatario en funciones.

El defensor del jefe de Estado comentó, a su vez, que ya entregaron toda la información que el Ministerio Público ha solicitado, aunque entre ella no está la relación de los visitantes a la casa de Breña, encuentros que, reiteró, no considera necesario registrar.

Artículo 117 de la Constitución.

Artículo 117 de la Constitución.

- ¿Qué opinión le merece la decisión de la fiscal de la Nación de abrir y suspender investigación al presidente?

Considero que la resolución de la fiscal de la Nación se ajusta a derecho y a la Constitución Política del Estado y obviamente es una derrota para la Procuraduría.

- Hay algunos colegas que señalan que la Fiscalía sí pudo seguir investigando hasta llegar a la acusación.

No se investiga a un presidente, sino a un país. El presidente debe darle seguridad económica y jurídica al país. Cuando se procesa a un presidente se crea una inestabilidad al país. Por tanto, ¿para qué vas a investigar si no vas a acusar? Es un absurdo total. Lo que está en juego es el país. El presidente debe tener una inmunidad porque debe tener libre su agenda y no estar pensando en juicios que ya en su debido momento se investigarán. Además, en la jurisprudencia a los demás presidentes también se les ha suspendido su proceso hasta que culminaba su mandato lectoral.

- El caso queda suspendido solo para el presidente, pero continúa para los demás involucrados.

Claro, las demás personas que no están aforados, según el artículo 99 de la Constitución, como el empresario y la señora Karelim López, que no tienen ese nivel, para ellos las investigaciones continúan su curso. En esa línea es que se va a trabajar.

- Algunos legisladores han mostrado su disconformidad con que la investigación contra Castillo se suspenda hasta que acabe su mandato.

Los congresistas tiene posiciones políticas, tienen ánimos de vacancia. Nosotros tenemos que hablar de un marco jurídico que dice la ley y la Constitución. Los congresistas y cualquier otra persona se tiene que ceñir a la ley y al marco jurídico. Acá no hay cuestión de caprichos.

- La Fiscalía ha unido los casos que investigan al mandatario, ¿Cuál es el proceso a seguir?

Acá, la fiscal de la Nación ha acumulado la carpeta 398-2021 que es el tema del puente Tarata, del río Huallaga y el 428-2021, que es el tema de Petroperú. Esas dos carpetas han sido acumuladas en una y están esperando que se acabe el mandato del señor presidente para que se actúe de acuerdo a ley.

- ¿Qué documentación se ha entregado hasta el momento a la Fiscalía?

La Fiscalía tiene las cámaras de video, la relación de trabajadores que han laborado, la agenda digital de las personas que ingresan y se registran, y también ha pedido otras documentaciones de carácter documental y todas se les ha remitido. No hay nada que le falte a la Fiscalía para que no pueda realizar su investigación.

Rechaza importancia de lista de visitas en casa de Breña

pedro castillo breña

pedro castillo breña

- ¿Ya entregaron la relación de los visitantes a la casa de Breña?

La Ley de Gestión de Intereses advierte que si hay alguna actividad funcional o si está poniendo en práctica alguna actividad o funciones del Estado, obviamente se está obligado a tener una agenda y a tener una relación, pero en caso de que no hubiera gestión de intereses o decisiones de funcionarios públicos, o del Estado, la ley señala que no obliga tener un registro de salida y entrada de las personas.

- ¿En el caso usted considera que es el segundo punto?

Es que no se ha dado ninguna relación de funcionarios o ningún acto de decisión del Estado, por tanto no es necesario, de acuerdo a la Ley de Gestión de Intereses tener una relación de entrada y salida de las personas.

- ¿La Fiscalía ha solicitado esa relación?

Entiendo de que no.

- ¿Hay alguna respuesta ante el pedido inhibición de la fiscal Córdoba?

A la fiscal Córdova nosotros le hemos presentado varios recursos, tengo entendido que uno u otro ha contestado, pero la inhibición a su persona por los temas del odio marcado y sin justificación al señor Pedro Castillo no ha sido contestado. Se ha cumplido el plazo y según ley tenemos que ir a su superior jerárquico para que proceda, al margen de que vamos a ir a la Junta Nacional de Justicia para que proceda también a la destitución de esos tres fiscales. Al margen de que ya se presentó a Control Interno una denuncia y se derivó un hábeas corpus en esa línea.

- ¿Entonces con esta medida el presidente ya no volverá a declarar ante la Fiscalía?

El señor presidente acata las disposiciones de la fiscal de la Nación y de las autoridades en el proceso. (No volverá a declarar) hasta que concluya su mandato.