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¿A qué hora termina la ley seca en la segunda vuelta de Chile?

Por norma constitucional, no se podrá comprar alcohol por cierto periodo de tiempo. Este domingo 19 de diciembre se realiza la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Chile.

Conoce desde qué hora aplica la Ley Seca en Chile y a la hora en que termina, este domingo 19 de diciembre. Foto: composición LR.
Conoce desde qué hora aplica la Ley Seca en Chile y a la hora en que termina, este domingo 19 de diciembre. Foto: composición LR.

Segunda vuelta de los comicios en Chile. Por tal evento, la ley seca se aplica en todo el país. A pesar de que el sufragio es voluntario, la norma de prohibición de venta de alcohol es universal. Tras finalizar la jornada electoral, se sabrá si Gabriel Boric o José Antonio Kast será el nuevo jefe de Estado chileno.

En la siguiente nota, indaga sobre la aplicación de esta ley excepcional, solo aplicable para periodos electorales. Asimismo, conoce desde qué hora se aplica y hasta qué hora está normado.

¿A qué hora empieza la ley seca por la segunda vuelta?

Como se mencionó, las elecciones de segunda vuelta se realizan este domingo 19 de diciembre. De acuerdo con el artículo 116 de la ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios de Chile, estará prohibida la venta de alcohol en el siguiente horario:

  • Desde las 5.00 a. m. del 19 de diciembre.

“El día de la elección o plebiscito (...) los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose solo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos”, amplía el artículo de rango constitucional.

¿Cuándo termina la prohibición de venta de alcohol por la segunda vuelta?

La norma aplica hasta dos horas después de haber cerrado las mesas de sufragio. Se tiene previsto que la clausura de puestos de voto sea a las 8.00 p. m. (hora chilena); por lo que se puede precisar que a las 10.00 p. m. del domingo 19 de diciembre termina la prohibición de venta de alcohol.

Es relevante respetar la norma, pues como se detalla en la ley correspondiente: “La fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición”. En tal caso, se recomienda prudencia y espera para resguardar la ley y mantener el bienestar de los comerciantes.