Atención máxima | Esta es las diferencias claves entre orden judicial y orden administrativa de ICE: ¿Qué debes hacer si llegan a tu casa?
Es importante que todos los inmigrantes en Estados Unidos puedan distinguir una orden administrativa del ICE de una orden judicial.

Ante el aumento de las medidas migratorias anunciadas por Donald Trump, es importante que los extranjeros tanto legales como indocumentados conozcan qué hacer cuando un agente del ICE le presente los dos documentos (orden judicial y orden administrativa) durante un operativo migratorio, pues no poseen el mismo peso legal.
Orden judicial y orden administrativa del ICE: estas son las diferencias
Los abogados de inmigración en Estados Unidos explican cuáles son las diferencias entre estos documentos y sobre todo cómo actuar frente a ello:
Orden judicial
Esta orden judicial la firma un juez después de revisar una serie de pruebas presentada por las autoridades migratorias. Puedes identificarla porque en el encabezado menciona una corte como: "United States District Court". Asimismo, debes saber que esto sí autoriza que pueda ingresar a tu casa, pero según lo que indique la orden.
"La orden es el límite", señaló Haim Vásquez, abogado de inmigración y fundador de Haim Vásquez Immigration Law, al medio Telemundo Atlanta. Una orden dirigida a otra persona o a otra dirección no habilita de forma automática la entrada.
Orden administrativa
La orden administrativa, en cambio, siempre está firmada por un funcionario del ICE o del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). En este documento suele aparecer el ICE o el DHS, y no una corte; además, incluye siempre los formularios I-200 e I-205. Por lo general, estas autoridades no pueden ingresar a la vivienda sin el consentimiento de sus ocupantes.
¿Qué hacer si el ICE toca a tu puerta?
- No abras la puerta de inmediato. Responde desde el otro lado, porque abrirla aunque sea un poco puede interpretarse como una autorización.
- Pregunta quiénes son, de qué organismo vienen y a quién buscan.
- Solicita ver la orden por una ventana o que la pasen por debajo de la puerta.
- Comprueba que figure: la firma de un juez, el nombre de la corte, la dirección correcta, el nombre de la persona buscada y que siga vigente.
- Si se trata de una orden administrativa o no corresponde a su domicilio, diga con tranquilidad: "No doy permiso para entrar". Si buscan a alguien que no vive allí: "Esa persona no vive aquí".
En el caso de que los agentes entren sin tu permiso, puedes mantener la calma y decir: "No doy permiso para que entren ni para que registren". También debes guardar silencio y pedir un abogado.
Si puedes hacerlo, sin riesgo, graba o anota los nombres de los agentes y también los números de placa. No te resistas físicamente, no huyas ni tampoco mientas ni presentes documentos falsos.











































